Modificó numerosos artículos de la Ley No. 5884 y adoptó su contenido a la reforma constitucional realizada después de las elecciones de 1994, que entre otras cosas, estableció la segunda vuelta siempre y cuando ningún candidato hubiera obtenido más de la mitad de los votos válidos emitidos.
Su mayor novedad fue la implementación de colegios electorales cerrados, establecidos en el párrafo del artículo 89 de la Constitución, figura que no refiere únicamente al uso de un padrón de electores, sino también que los electores concurrentes debían anotarse en una lista por orden de llegada antes del cierre del colegio, momento el cual ya ningún ciudadano podría inscribirse, y era cuando empezaba la votación.
Los colegios electorales cerrados fueron mantenidos por la Ley No. 275-97, hasta que la reforma constitucional de 2002 eliminó la figura del artículo 89. Consecuentemente, la Ley No. 2-03 eliminó de la Ley Electoral No. 275-97 las referencias a ellos.
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