El pasado sábado 10 de noviembre, el Poder Ejecutivo dejó oficialmente promulgada la Ley No. 253-12 para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible.
Virginia Wall
Coordinadora
(Santo Domingo, 20 de noviembre de 2012). En su corta vida, esta pieza legislativa ha producido un debate considerable. Sin embargo, dos anteproyectos de ley importantes han surgido luego de la promulgación de esta reforma tributaria, cuyas disposiciones entrarán en vigor, unas de forma inmediata y otras a partir de 20131. Ambos anteproyectos provienen de la Presidencia de la República.
En primer lugar, el Poder Ejecutivo envió el anteproyecto de Ley de Amnistía Fiscal al Senado de la República acompañado de una misiva en la que el presidente Danilo Medina señaló que se procura cumplir con las disposiciones del artículo 42 de la LeyNo.253-12, que modifica el artículo 268 del Código Tributario, el cual establece en el párrafo transitorio la necesidad de conceder una amnistía tributaria para la regulación de los incrementos patrimoniales no justificados.
La propuesta prevé una amnistía a los contribuyentes para el pago del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), del Impuesto sobre la Renta (ISR) y de la Transferencia Inmobiliaria. Se incluyen también los impuestos sobre sucesiones, el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), los activos aplicados a la propiedad inmobiliaria, a los intereses y los recargos a las importaciones.
El anteproyecto enviado por el Ejecutivo dispone también los procedimientos para aplicar esta amnistía, eximiendo del pago de recargos e intereses a quienes se comprometan a pagar los montos atrasados por concepto de los impuestos antes mencionados dentro de los veinte días posteriores a la aprobación de la Dirección General de Impuestos Internos.
La pieza fue enviada a consulta de la Comisión de Hacienda para la emisión de un informe.
En segundo lugar, el mismo día en que fue promulgada la reforma fiscal, el Gobierno anunció que sometería un anteproyecto de ley para eliminar el artículo 49 de la misma, que gravaba las compras por la Internet por montos menores a US$200. Recordemos que la comisión bicameral del Congreso Nacional agregó esta disposición que había causado un rechazo notable, más visible en las redes sociales, y que había generado una discusión sobre un posible conflicto con el Tratado de Libre Comercio.
Sorprendía en primera instancia que el Poder Ejecutivo hubiese propuesto un nuevo proyecto inmediatamente después de la promulgación, en lugar de hacer una observación a la Ley No. 253-12, con lo cual se requeriría de una mayoría calificada para rechazar la observación, es decir, tres cuartas partes de los votos negativos de los legisladores. Una posible interpretación es que el Gobierno tenía cierta prisa en que la ley fuese promulgada, a los fines de poder trabajar con la propuesta de presupuesto nacional para el año 2013.
Lo cierto es que la pieza fue aprobada rápidamente por ambas cámaras, siendo incluso declarada de urgencia y conocida en dos lecturas consecutivas por el Senado.
El presidente del Senado, Reinaldo Pared, declaró que cualquier punto de la reforma fiscal que se entienda incongruente con la ley o la Constitución puede ser revisado y excluido. Al parecer, el asunto no quedará en manos del Poder Legislativo sino del Tribunal Constitucional, puesto que Dominicanos por el Cambio (DxC), el Frente Amplio y Alianza por la Democracia anunciaron el día de hoy el depósito de un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma.