A raíz del acuerdo firmado el 31 de mayo pasado, por el presidente Leonel Fernández y el presidente del Partido Revolucionario Dominicano, Miguel Vargas Maldonado, que pautó las soluciones para resolver el impasse existente en el Congreso Nacional con la aprobación de las leyes orgánicas del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y del Tribunal Constitucional (TC), fue aprobada, por la Cámara de Diputados, la Ley del Consejo Nacional de la Magistratura.
Lic. Martyn Alcántara
Asistente de Investigación
(Santo Domingo, 9 de junio de 2011). Conforme a lo acordado, en el caso que una ley ordinaria sea observada por el Poder Ejecutivo en su totalidad, se deberá conocer nuevamente y ser aprobada por las dos terceras partes de ambas cámaras legislativas. En el caso de no acordar la mayoría calificada, esa disposición legal se considerará desestimada. En tanto, si las observaciones son parciales, deberán ser aprobadas por las dos terceras partes, y si no se logra la mayoría calificada en ambas cámaras y se obtiene en mayoría ordinaria, dichas observaciones se considerarán aceptadas.
En esa misma ocasión, fue pactado que la Cámara de Diputados publicara en un diario de circulación nacional, la Ley Orgánica del CNM (132-11), y que el Presidente someta al Congreso Nacional el nuevo proyecto consensuado, a los fines de derogar la ley anterior y cualquier otra disposición legal que sea contraria.
En tal sentido, la Cámara de Diputados, con la votación unánime de los legisladores del Partido Revolucionario Dominicano y de la Liberación Dominicana, aprobó de urgencia en dos lecturas consecutivas el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, que modifica la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (132-11), acogiendo así el pacto firmado entre el Presidente Fernández y Vargas Maldonado. Los legisladores reformistas votaron por la derogación, a pesar de que el acuerdo sólo envolvía a peledeístas y perredeístas. También se acogió la petición del Poder Ejecutivo, de retirar las observaciones que hizo a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
La modificación de la Ley del CNM permitirá que se escojan los nuevos jueces de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior Electoral, y además, que el quórum válido para sesionar sea de cinco de sus ocho miembros.
Fuentes
Y. Rosario/F. Méndez. (2011, mayo 31). Periódico Diario Libre. Obtenido el 9 de junio desde http://www.diariolibre.com/noticias_print.php?id=292554&s=y54m5vfgrblekl6kle4x3pswpw71d2ne
Roberto Valenzuela (2001, junio 9). Periódico El Caribe, p. 11.