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El 2 de junio del año en curso el Poder Ejecutivo (PE) envió al Senado el proyecto de ley que modifica los límites del Parque Nacional de Los Haitises.

 

Flor Batista Polo

Monitora

 

Introducción

El 2 de junio del año en curso el Poder Ejecutivo (PE) envió al Senado el proyecto de ley que modifica los límites del Parque Nacional de Los Haitises. El documento fue introducido por el presidente de la República, Danilo Medina, con la finalidad de aumentar los límites de 600.82 km2 establecidos para esa área natural protegida, a 746 km2, mediante la modificación del numeral 19, del artículo 371.

El proyecto fue enviado a la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Medio Ambiente, coordinada por el senador Félix Nova, mientras que en los medios de comunicación generó polémica y confusión, pues algunos afirmaron que el texto buscaba reducir los límites de dicho parque. Se espera que pronto sea sometido a vistas públicas con las instituciones relacionadas con el medioambiente y la sociedad civil en general.

Antecedentes

Según establece la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), son áreas naturales protegidas aquellas superficies terrestres o marítimas del territorio nacional reconocidas y protegidas legalmente por el Estado.

La Constitución dominicana establece en su artículo 14: “Los recursos naturales son patrimonio de la nación los recursos naturales no renovables que se encuentren en el territorio y en los espacios marítimos bajo jurisdicción nacional, los recursos genéticos, la biodiversidad y el espectro radioeléctrico”.

El artículo 16 trata el tema de las áreas protegidas indicando:

La vida silvestre, las unidades de conservación que conforman el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y los ecosistemas y especies que contiene, constituyen bienes patrimoniales de la nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Los límites de las áreas solo pueden ser reducidos por ley con la aprobación de las dos terceras partes de los votos de los miembros de las cámaras del Congreso Nacional.

El Parque Nacional Los Haitises es una de las áreas protegidas (AP) más importantes del país, no solo por la gran cantidad de ecosistemas y especies endémicas que se encuentran allí, sino porque su protección como tal data de 1968, convirtiéndola en una de las primeras zonas protegidas de República Dominicana.

El área territorial ocupada por Los Haitises fue declarada como “Reserva Forestal de Los Haitises” mediante la Ley núm. 244, de 1968, con una extensión inicial de 208 km2. Años más tarde, mediante la Ley núm. 409-76 dejó de ser reserva para convertirse en el “Parque Nacional Los Haitises”, manteniendo los mismos límites.

En el año 1992, los límites del parque se extendieron a 1,600 km2 mediante el Decreto núm. 192-92. La disposición ejecutiva ordenó el desalojo y la reubicación de las personas asentadas en esos espacios: aproximadamente 4,624 familias.

Entre 1996 y 2000 se realizaron cuatro nuevas modificaciones a los límites del parque, lo cual aumentó los conflictos en esta zona al incluir en las nuevas líneas fronterizas espacios de producción agrícolas y comunidades pobladas

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El 24 de enero de 2006 se creó, mediante el Decreto núm. 17-06, la Comisión Especial para el Parque Nacional Los Haitises, con el firme objetivo de cumplir con los compromisos adquiridos por el Estado con las familias desalojadas del área protegida en el año 1992. Con este decreto, entre 2007 y 2011 se indemnizó a 1,622 familias desalojadas mediante el pago de unos $95,914,049.41.

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Siete años después (2013), el Decreto núm. 360-13 creó una Comisión Especial para el Parque Nacional Los Haitises y ordenó realizar –en un período de 60 días‒ un plan estratégico que definiera el camino a seguir para la solución definitiva de los problemas en esa zona, los cuales seguían vinculados a la cantidad de familias desalojadas y los espacios productivos que los nuevos límites habían absorbido.

Descripción de la iniciativa

En comunicación adjunta al proyecto, enviada a la presidenta de la Cámara Alta, Cristina Lizardo, el mandatario expuso la importancia de la preservación y el cuidado del Parque Nacional Los Haitises, debido a la gran biodiversidad que se encuentra en este espacio y lo vital que resulta para República Dominicana, no solo por ser un espacio turístico importante, sino también por la gran cantidad de especies endémicas, los acuíferos, las cavernas y las manifestaciones indígenas que allí se encuentran.

En ese tenor, las consideraciones principales de la iniciativa legislativa se resumen en la necesidad de salvaguardar o proteger el patrimonio natural de la nación mediante el uso sostenible de estas áreas protegidas para afirmar la viabilidad futura del pueblo dominicano y, según establece la Constitución dominicana de 2010 en sus artículos 14-17 ‒referentes a los recursos naturales‒, es responsabilidad del Estado proteger los recursos naturales no renovables que se encuentran en el territorio nacional y sus espacios marítimos.

El documento solo cuenta con cinco apartados: en el primer y segundo artículo se establecen los nuevos límites y presenta un mapa con la descripción y los límites del Parque Nacional Los Haitises.

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Como puede observarse en el mapa anterior, una de las cosas que causan interés en este proyecto de ley es la disminución de los límites en espacios importantes y el aumento de estos mismos en áreas marítimas, ya protegidos por las normativas medioambientales y la Constitución dominicana en su artículo 15:

Recursos hídricos. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. El consumo humano del agua tiene prioridad sobre cualquier otro uso. El Estado promoverá la elaboración e implementación de políticas efectivas para la protección de los recursos hídricos de la Nación.

Párrafo. Las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica, nativa y migratoria, son objeto de protección especial por parte de los poderes públicos para garantizar su gestión y preservación como bienes fundamentales de la nación. Los ríos, lagos, lagunas, playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso, observándose siempre el respeto al derecho de propiedad privada. La ley regulará las condiciones, formas y servidumbres en que los particulares accederán al disfrute o gestión de dichas áreas.

El artículo 3 del proyecto establece la necesidad de crear una Zona de Amortiguamiento (ZAM)2 para el Uso Sostenible, lo que significa que deben establecerse nuevos límites fuera del parque para garantizar así que no se afecte el AP. De igual forma, su párrafo único establece los usos permitidos en la ZAM, entre los que se encuentran:

a) Agricultura orgánica.

b) Infraestructura para turismo ecológico que no implique modificación a las características geomorfológicas de la zona.

c) Agroforestería y ganadería tabulada.

d) Minería artesanal, que no implique el uso de ningún tipo de maquinaria ni sustancia química, ni modificación a las características geomorfológicas de la zona.

e) Actividades recreativas y de esparcimiento que no impliquen la alteración o puesta en riesgo de la integridad de los valores y objetos de conservación que se protegen en el Parque Nacional Los Haitises.

El artículo 4 plantea la dirección que deben tomar los recursos obtenidos por los servicios que presta el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de la República Dominicana (SINAP), mientras que el artículo 5 deroga los artículos 35 y 36 de la Ley Sectorial de Áreas Protegidas No. 202-04 y establece que las transgresiones a la ley antes mencionada se sancionarán según lo indicado en la Ley General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00.

Respaldo a la propuesta

Daneris Santana (2015), viceministro de Áreas Protegidas y Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, indicó en el programa “Cuidando el Huerto” que luego de un riguroso estudio realizado por la Comisión Especial para el Parque Nacional Los Haitises se propuso la extensión del parque y la exclusión de zonas en donde hay asentamientos de comunidades.

“Se determinaron las causas que originan los problemas, entre ellos la pobreza y la falta de acceso a la tierra que los obliga a producir ñame y yautía en el parque, lo que lo degrada, afectando la conservación de la biodiversidad y la provisión de agua para uso humano y la agricultura”, añadió.

De igual forma, explicó que el censo realizado por la comisión evidenció el asentamiento de unas dos mil familias, las cuales serían reubicadas. “El Gobierno tiene localizadas las tierras para los asentamientos y están en proceso de preparación”.

Finalmente, destacó que el Plan Estratégico para la Solución de la Problemática del Parque Nacional Los Haitises fue consensuado con los actores involucrados en este tema. Asimismo, señaló que se iniciará un proceso similar en el Parque Nacional Sierra de Bahoruco.

Posturas contrarias a la propuesta

A pocos días de conocerse el sometimiento de este proyecto de ley, Eleuterio Martínez, ambientalista y ex viceministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuestionó la necesidad de aumentar los límites del parque y expresó:

¿Cuál es la justificación? ¡Ah no, que vamos a aumentar los límites del parque! Pero óyeme, lo van a aumentar en el mar porque si fuera en tierra firme menos mal, la van a aumentar en el mar y la parte que realmente se le agrega un poquito, realmente tienen razón. Es una parte hacia el Oeste que es el rincón de Payabo, hay unos remanentes de bosques que están en buenas condiciones, pero le están sacando a otros espacios que son igualmente valiosos. ¿Cuál es el aporte que se hace realmente con esta modificación a los límites? No los conozco, yo no los veo.

Asimismo, varios grupos de ambientalistas enviaron una carta a la presidenta del Senado en la que expusieron las razones por las cuales no se debe aprobar este proyecto de ley sin antes someterse a la discusión con ambientalistas y miembros de la sociedad civil.

Como organizaciones con una larga trayectoria en la defensa, conservación y manejo de los recursos naturales, nos sentimos preocupados y excluidos de recientes procesos de modificación de límites sin la socialización que procesos como estos ameritan. En particular, nos preocupa la forma en que fue modificado el Santuario de Mamíferos Marinos de Estero Hondo en agosto de 2014, excluyendo áreas terrestres de importancia biológica sin la debida justificación técnica. A esto se suma una propuesta de ley depositada en el Senado el pasado 2 de junio de 2015 que contempla la modificación de los límites del emblemático Parque Nacional Los Haitises. Mediante el análisis cartográfico de las coordenadas contenidas en la propuesta, concluimos que aunque en términos netos la superficie se amplía, no es menos cierto que la mayor parte de esta ganancia se basa en la anexión de áreas marinas así como terrestres muy próximas a comunidades, lo cual aumentaría conflictos futuros. Al mismo tiempo, se nota que se eliminan zonas del este y sur del parque sin una razón conocida.

Es importante destacar que según este plan, el Estado gastaría unos $28,700.00 millones de pesos en la reubicación de los asentamientos humanos que están ubicados en las zonas de conservación y recuperación, en lugares adecuados fuera del Parque.

Conclusiones

Los nuevos cambios propuestos a los límites del parque llaman la atención, ya que en el Plan Estratégico para la Solución Definitiva de la Problemática del Parque Nacional Los Haitises se estableció que los condicionamientos a estos límites han profundizado las dificultades en esta zona, a causa de la inclusión dentro del parque de comunidades y terrenos de vocación agrícola y pecuaria que no poseen las condiciones para ser valoradas como espacios de conservación.

En relación con las reubicaciones, es imprescindible que se dejen claro los términos en que estas habrán de realizarse, dónde serán asentadas las familias afectadas y cómo se harán las movilizaciones de manera que no afecten de forma drástica a los moradores. También es indispensable tratar el tema de la deudas adquiridas por el Gobierno con algunas de las familias que fueron reubicadas y otras desalojadas en 1992, que según establece el mismo plan ascenderían a $2,061,662,963.00, lo que generaría mayor desconfianza en las personas que pasarían por este proceso.

Finalmente, es importante considerar que el constante cambio de los límites de este espacio protegido no ha logrado en ningún momento cumplir con sus objetivos: proteger el área natural. Recientemente, el Parque Nacional Los Haitises fue una de las áreas afectadas por incendios, sin dejar de mencionar los intentos por la instalación de una cementera, por lo que sería necesario implementar una política medioambiental más estricta que proporcione las herramientas y mecanismos necesarios a las personas encargadas de salvaguardar y proteger las áreas naturales protegidas (ANP) en República Dominicana.

Referencias

Caraballo, J. (2015). Entérate qué sucede con el Parque Nacional de Los Haitises y la Cordillera Septentrional. Noticias SIN, 10 de junio. Recuperado de http://www.noticiassin.com/2015/06/enterate-que-sucede-con-el-parque-los-haitises-y-la-cordillera-septentrional/

Del Cid, M. (2015, 19 de junio) Ambientalistas expresan preocupación al Senado por modificación límites Los Haitises. Diario Libre. Recuperado de http://www.diariolibre.com/noticias/2015/06/19/i1200891_ambientalistas-expresan-preocupacion-senado-por-modificacin-lmites-los-haitises

Formulan plan estratégico para recuperar Los Haitises. El Nacional (2015, 9 de junio de 2015. Recuperado de http://elnacional.com.do/formulan-plan-estrategico-para-recuperar-los-haitises/

Ministerio de Medio Ambiente. Ley Sectorial de Áreas Protegidas, No.202-04 (2004).

Molina, T. (2015, 3 de junio). Medina busca cambiar los límites parque Los Haitises. Diario Libre. Recuperado de http://www.diariolibre.com/ecos/2015/06/03/i1177901_medina-buscar-cambiar-los-lmites-parque-los-haitises.html

Plan estratégico para la Solución Definitiva de la Problemática del Parque Nacional Los Haitises (2013).

Senado de la República. Proyecto de Ley que modifica los Límites del Parque Nacional Los Haitises (2015).


Notas

1. El artículo 37, numeral 19 de la Ley núm. 202-04, Ley Sectorial de Áreas Protegidas, promulgada el 30 de julio de 2004, trata la descripción y los límites del Parque Nacional Los Haitises.

2. Según lo establece la Ley núm. 202-04, las “zonas de amortiguamiento” son aquellas zonas terrestres o marinas, públicas o privadas, cercanas a las áreas protegidas, sujetas a las normativas y restricciones de uso específico que contribuyen a la conservación e integridad de las áreas protegidas o AP (Art. 2).