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La paridad de género es un mecanismo que busca la igualdad política en materia de género; establece que la elección a cargos por elección popular debe estar integrada en forma equitativa por hombres y mujeres. Se brinda una mirada acerca de la paridad de género en la región y se verifican los desafíos que en la materia existen en el país. En el orden de esas ideas, se analiza el nivel de participación de las mujeres a escala municipal, específicamente, el caso de las alcaldesas, se muestran los datos desagregados por género de las elecciones municipales del 15 de mayo de 2016 en República Dominicana.

Descriptores: elecciones municipales, paridad de género, República Dominicana.

Natanael Disla
Coordinador de la Unidad

Pamela de la Rosa
Autora

 

Introducción

El objetivo último de la paridad de género es “lograr la igualdad en el ejercicio de poder, toma de decisiones, en los mecanismos de participación y en los demás ámbitos de la sociedad” (Archenti, 2011, p.146). Las limitaciones a la participación de las mujeres en este entorno, comenzaron a discutirse sobre la base de la aplicación del principio de la paridad política entre los géneros (IDEA, 2013).

La paridad de género fue promovida en el Consenso de Quito (2007), firmado en la X Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina, donde se acordó que los países de la región dieran importancia estratégica a “la participación política y paridad de género en los procesos de adopción de decisiones en todos los niveles” (CEPAL, 2007, p. 1). Este acuerdo fue ratificado posteriormente en el Consenso de Brasilia (2010), donde se reafirmó que “la paridad es una condición determinante de la democracia y una meta para erradicar la exclusión estructural de las mujeres en la sociedad”. (Archenti, 2012, p.243).

El país precursor en incorporar la paridad de género como instrumento para promover la participación femenina fue Francia en el año 2000. A través de los años se sumaron Bélgica (2002), España (2007), Ecuador (2008), Bolivia y Costa Rica (2009), Nicaragua, Kenia y Senegal (2010), Túnez (2011), Honduras (2012) y México (2014) (Albaine, 2014).

Panamá adoptó la paridad política de género para las elecciones internas y primarias de 2012, a través de la Ley núm. 54. Por igual, algunos países latinoamericanos han elaborado iniciativas para lograr la paridad, como son los casos de Argentina, Guatemala, Panamá, Perú, República Dominicana y Venezuela.

La paridad de género ha logrado avanzar en la aplicación de la cuota de paridad de género, plasmada en las leyes núm. 12-00 y 13-00, que establecen un mínimo de 33 % de género, mecanismo utilizado para la elección de los integrantes de cada sexo. A pesar de ello, los partidos políticos, en algunos casos constituyen un obstáculo para implementar medidas que tiendan a promover la participación política de las mujeres. (Por ejemplo, el caso de las regidoras renunciantes de Santiago, OPD, 2016).

Al menos en República Dominicana, únicamente, existe una cuota mínima de un 33 % de candidaturas femeninas en los puestos de elección, no obstante, el incumplimiento de esta medida no presenta formalmente ningún tipo de penalización para los partidos políticos. A pesar de que en 2016, la Junta Central Electoral (JCE) sancionó a varios partidos por el incumplimiento de esta cuota, al rechazar la inscripción de varias candidaturas en circunscripciones donde no se cumplía el mínimo establecido.

En ese sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, 2011) recomienda implementar medidas necesarias de naturaleza legislativa, política y regulatoria para remover los obstáculos estructurales y formales que enfrentan las mujeres en el acceso igualitario a los puestos de toma de decisiones.

Las elecciones municipales de 2016 en República Dominicana

De las 941 candidaturas presentadas por los partidos y movimientos políticos ante la JCE para la elección de los alcaldes y alcaldesas en 2016, se destaca la postulación de 153 mujeres, un 16.3 %. La cifra revela un aumento significativo en relación con las elecciones de 2010, cuando dicho porcentaje, apenas fue de 11.4 %: se presentaron 70 candidaturas a alcaldesas de un total de 614 candidaturas (Disla, 2016). Los hombres alcanzaron 788 postulaciones a alcaldes (83.7 %), en 2016 y; 544 (88.6 %) en 2010, como muestra el Cuadro 1.

Las elecciones de 2016 a nivel municipal y la paridad de genero 03 de marzo 2017 C1

Del cuadro anterior se desprende que de los partidos políticos que llevaron más de 10 candidaturas a alcaldes o alcaldesas, aquellos que presentaron un mayor porcentaje de mujeres como candidatas a alcaldesas fueron: Alianza por la Democracia (APD), con 21 (29.6 %); Unión Demócrata Cristiana (UDC), con 33 (24.1 %); Partido de Unidad Nacional (PUN), con 3 (23.1 %); Alianza País (ALPAIS), con 19 (19 %) y el Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), con 19 (16.4 %).

Según González M. y Solís (1999) los partidos minoritarios o partidos pequeños son aquellos que poseen una pequeña membresía o que regularmente obtienen una pequeña cantidad de votos en las elecciones oficiales, o las dos situaciones simultáneamente.

Particularmente, estos datos muestran que, precisamente, los partidos considerados minoritarios en el país fueron los que mayor cantidad de aspirantes a alcaldesas presentaron en las elecciones municipales de 2016. En cuanto a los partidos mayoritarios, el que presentó mayor número de candidatas fue el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), con 22 de un total de 157 presentadas, para un 14.0 %, del total de sus candidaturas. Seguido del PRM que presentó 10 de 119 para un 8.4 %. El Partido Revolucionario Dominicano (PRD), por su parte, no presentó candidatas, por lo que quedó en último lugar dentro de los mayoritarios.

Como puede verse en el Cuadro 2, de los 158 alcaldes electos para el período 2016-2020, 20 son mujeres (12.7 %), a diferencia de los hombres, que ganaron 138 puestos (87.3 %).

Del total de alcaldes electos en las elecciones de 2010, el 7.74 % fue mujer, mientras que en las de 2016, estas ocuparon el 12.7 %. Todo ello evidencia que los hombres mantienen el liderazgo en las alcaldías, ya que en 2010 obtuvieron el 92.26 % y en 2016 alcanzaron el 87.3 %. Como se ha mencionado anteriormente, pese a todos los esfuerzos que se han hecho para que las mujeres avancen en el camino para obtener mayores puestos de poder, la barrera es muy grande para competir con los hombres y avanzar en la paridad de género.

Las elecciones de 2016 a nivel municipal y la paridad de genero 03 de marzo 2017 C2

Tres partidos políticos obtuvieron alcaldesas en las elecciones de 2016: el PLD (17, 15.9 %), el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) (2, 14.2 %) y el PRM (1, 3.4 %). Los datos exponen que aunque las mujeres siguen ocupando puestos de poder, es necesario que los partidos políticos avancen hacia lograr una participación igualitaria entre hombres y mujeres. Esto con el fin de lograr una verdadera representación de igualdad de derechos y oportunidades, tal y como lo han manifestado organismos internacionales que defienden los derechos de las mujeres en las esferas de poder.

Conclusión

En el proceso electoral celebrado en el año 2016, las mujeres continuaron avanzando en cuanto a la meta de ocupar mayores espacios de poder, pero aun así no se logró alcanzar una posición comparativa en relación con los hombres.

Una de las causas que podría estar impidiendo que las mujeres ocupen mayores espacios a escala municipal podría ser la resistencia de los partidos políticos a acatar la cuota de género de representación femenina en las candidaturas congresuales y municipales. Habría que incluir en los mecanismos legales del país, sanciones a los partidos políticos que incumplan con la aplicación de la cuota de género.

Otro reto que podrían enfrentar las mujeres a nivel municipal es la falta de apoyo de sus partidos para el acceso de las mismas a los cargos electivos. Asimismo, es necesario que se sigan implementando políticas públicas con enfoque de género, así como planes de igualdad de oportunidades para que las mujeres tengan un mayor respaldo a la hora de ocupar cargos electivos que implican toma de decisión.

Es urgente que antes de 2020 el Congreso apruebe la Ley de Partidos Políticos y de Reforma a la Ley Electoral, que permitirá regular y garantizar a las mujeres el acceso igualitario a las posiciones de poder, para que sus derechos civiles y políticos no sigan siendo vulnerados.

Referencias

Albaine, L. (mayo 2015). Obstáculos y desafíos de la paridad de género. Violencia política, sistema electoral e interculturalidad. Íconos - Revista de Ciencias Sociales 52, 145-162. Recuperado de http://revistas.flacsoandes.edu.ec/iconos/article/view/1675.

Archenti,N. & Albaine, L. (2012). Las mujeres en los gobiernos locales. Argentina, 2007-2011. Revista SAAP. Publicación de Ciencia Política de la Sociedad Argentina de Análisis Político, vol. 6, núm. Buenos Aires, Argentina.

Comisión Económica para América Latina y el Caribe (2007). Consenso de Quito. CEPAL Recuperado de http://www.cepal.org/publicaciones/xml/9/29489/dsc1e.pdf

Comisión Económica para América Latina y el Caribe (2010). Consenso de Brasilia. CEPAL Recuperado de www.eclac.cl/mujer/noticias/paginas/5/40235/ConsensoBrasilia_ESP.pdf

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2011). El camino hacia una democracia sustantiva: la participación política de las mujeres en las Américas. CIDH. Recuperado de https://www.cidh.oas.org/

Disla, N. (2016). Las elecciones de 2016 y la paridad de género a nivel municipal. OPD.

González Madrid, M. y Solís Nieves, V. H. (mayo de 2016). Los partidos minoritarios: precursores de las nuevas alianzas. Revista Polis, 211-240. Recuperado de http://polismexico.izt.uam.mx/index.php/rp/article/view/372.

IDEA Internacional/Comisión Interamericana de Mujeres (2013). La apuesta por la paridad: democratizando el sistema político en América Latina. Los casos de Ecuador, Bolivia y Costa Rica. Lima: IDEA Internacional.