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Santo Domingo, 18 de marzo de 2015

 

Dilenia Medina
Coordinadora de la Unidad
Sociedad Civil

 

Diuris Betances
Investigadora de la Unidad
Sociedad Civil

Contenido

Consideraciones iniciales

1. Inicio de la lucha violencia contra la mujer en RepúblicaDominicana

1.1. Histórico de los aspectos sociales y jurídico. Contexto local.

2. Situacion actual de la mujer

2.1 Violencia y feminicidios

2.2. Estadística de femicidios, 2012.

2.3. Tasa de feminicidio 2012.

2.4. Homicidios de mujeres y feminicidios 2012-2014

3. Mercado laboral

4. Participacion política

Consideraciones finales

Referencias

Resumen

El presente trabajo tiene como objetivo realizar una revisión de los esfuerzos en los aspectos jurídicos y sociales para erradicar la discriminación contra la mujer. El análisis se efectúa bajo el marco de cuatro factores cruciales para eliminar la desigualdad entre los géneros: Feminicidios, educación, mercado laboral y participación política.

Consideraciones iniciales

Las mujeres, en sus luchas por la defensa de los derechos fundamentales, han transitado un largo y arduo camino iniciado a finales del siglo XIX, se intensifica en el XX y continúa en el presente. La desigualdad de condiciones entre el hombre y la mujer han motivado batallas que buscan acabar con la disparidad entre los sexos. Se entiende que esta diferencia es la precursora de los desajustes en las condiciones sociales y jurídicas de la mujer.

La discriminacion contra las mujeres no puede analizarse y enfrentarse de manera aislada sino vinculada a los factores de desigualdad económica, social y cultural que operan en las relaciones de poder entre hombres y mujeres, los que tienen una correlación con la inequidad de recursos en el ámbito privado y en la esfera pública. Es por este motivo, que el análisis de la violencia contra la mujer es indivisible a los ámbitos de la vida politica en que se desenvuelve la mujer.

Las Naciones Unidas definen la violencia1 contra las mujeres como

Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. (ONU, 1993).

Muchos son los esfuerzos enfocados en mejorar la situación de la mujer tanto a escala nacional como internacional. Este breve trabajo trata de resumir los aspectos más relevantes que atañen a las mujeres dominicanas que constituyen aproximadamente la mitad de la población, tomando en consideración los datos existentes en cuanto a los feminicidios, educación, mercado laboral y su participación en la toma de decisiones del Estado.

1. Histórico de los aspectos jurídicos en República Dominicana.

La organización jurídica del país, esta estructurada por la implementación del derecho interno y del derecho externo. En el primer caso, excepto la Constitución, lo imperante es el conjunto de leyes. En el segundo caso, la primacía la tienen los tratados y convenios internacionales. Es criterio aceptado que en razón de la naturaleza misma de esos instrumentos internacionales, cuando estos son debidamente aprobados por el Congreso Nacional, no solamente se consideran parte de nuestro derecho positivo, sino que también tienen primacía sobre la legislación interna. (Compilación de Instrumentos Nacionales e Internacionales que favorecen a la Mujer, 2006).

Dicho esto, la Constitucion dominicana es la ley fundamental del Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política. En el Artículo 3 se reconocen y aplican las normas del Derecho Internacional general y americano en la medida que sus poderes públicos las hayan adaptado. Es decir, que los instrumentos internacionales ratificados por el Congreso Nacional tienen fuerza de ley. (Constitución, 2010).

Dentro de la Carta Magna, existen además los articulos 8, 10, 11, 100, que apoyan a la mujer con los temas relativos a: maternidad, capacidad civil para proteger los derechos patrimoniales de mujer casada, adquisición de la nacionalidad en caso de casarse con un extranjero. De igual manera, condena toda situación que quebrante la igualdad entre los géneros.

La historia de lucha por la igualdad de derechos en el país inicia en 1931, con la Acción Feminista Dominicana, liderada por Abigail Mejía, quien auspició el Primer Manifiesto Feminista Dominicano exigiendo igualdad de derechos en la Constitución (Mayes, 2008; Méndez, 2008).

El 18 de diciembre de 1940, se crea la Ley No. 390, que concede plena capacidad de los derechos civiles a la mujer dominicana. En 1942, la mujer dominicana obtuvo el derecho al voto. Este hecho marcó una apertura importante en los derechos civiles y políticos de las mujeres dominicanas.

En 19632, las políticas implementadas permitieron que las mujeres se organizaran en sus comunidades de base y en las diferentes instancias de la sociedad. Las dirigentes de distintas partes y regiones del país fueron formando parte de centros, clubes y juntas de vecinos a escala rural y urbana, así como de juntas de vecinos. Igualmente, emprendieron la formación de las asociaciones de mujeres campesinas3. (Disla y Taveras, 2013).

Otra legislación que dio apertura a los derechos civiles fue la Ley No. 855, promulgada en 1978, que modificó varios artículos y capítulos del Código Cívil para conceder a la mujer casada los mismos derechos y deberes del cónyuge en cuanta autoridad y la direccion moral y material de la familia.

A pesar de todos los esfuerzos legislativos, no fue hasta 1982, que el Estado dominicano institucionalizó por primera vez los trabajos de la mujer, creando mediante el Decreto núm. 46-82, la Dirección General de Promoción de la Mujer (DGPM)4 como una dependencia de la Presidencia de la República. Dentro de los aportes de la organización es la creación de la sede mundial del Instituto Internacional de las Naciones Unidads de Investigación y Capacitación para la Promoción de la Mujer (INSTRAN) en 1983.

El país adoptó la Convencion Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, (Convención de Belem do Para), 1994, estableciendo un compromiso estatal de obligatoriedad en relación a la implementación de medidas destinadas a eliminar la violencia.

A partir del 1985, se premia el esfuerzo femenino, luego de emitido el Decreto No 3013, que crea la medalla al Mérito de la Mujer, entregada cada 8 de marzo en conmemoración del Dia Internacional de la Mujer.

Como precedente de la Resolución No. 54-1345, del 17 de diciembre de 1999, la ONU declaró como el “Día Internacional de la Erradicación de la Violencia contra la Mujer el dia 25 de noviembre. A tal fin, se proclamó en el país la Ley 61-93, constituyendo cada 25 de noviembre como el Dia Nacional de la No Violencia en Contra de la Mujer. La fecha fue elegida en conmemoración del asesinato en 1960 de las hermanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, compromisarias políticas dominicanas, asesinadas por orden del dictador Rafael Trujillo. En virtud de lo anterior, el 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General aprobó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (ONU, 1993).

Otro aporte significativo en materia legislativa, es la creación de la Ley No. 8 que declara de prioridad nacional la promoción y fomento de la lactancia materna.

En tanto, la ley 24-97 de Protección a la Mujer, introdujo modificaciones al Código Penal, Código de Procedimiento Criminal y al Código para la Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes, ampliándose el concepto de violencia, introduciendo el tema de género, tipo de violencia y una nueva concepción de violencia sexual. Dentro de las modificaciones del Código Penal, incluía tipificar como delito la violencia contra la mujer y/o violencia intrafamiliar. Esto significó un avance importante en materia legislativa, ya que, anterior a la fecha no se consideraba como un crimen. También se introdujo una modificación con el fin de proporcionar mecanismos para que los agresores reciban ayuda.

El Articulo 309-01 define la violencia contra la mujer :

Es toda acción o conducta, pública o privada, en razón de su género, que cause daño sufrimiento físico, sexual o sicológico a la mujer, mediante el empleo de fuerza física o violencia sicológica, verbal, intimidación o persecución.

La violencia intrafamiliar o doméstica se considera en el Articulo 309-02:

Todo patrón de conducta mediante el empleo de fuerza física o violencia sicológica, verbal, intimidación o persecución, contra uno o varios miembros de la familia o contra cualquier persona que mantenga una relación de convivencia, contra el cónyuge, ex-cònyuge, conviviente o ex conviviente o pareja consensual, o contra la persona con quien haya procreado un hijo o una hija para causarle daño físico o psicológico a su persona o daño a sus bienes, realizado por el padre, la madre, el tutor, guardián, cònyuge, ex cónyuge, conviviente, ex conviviente o pareja consensual, o persona bajo cuya autoridad, protección o cuidado se encuentra la familia.

El 30 de noviembre, se crea mediante el Decreto No. 423-98 la Comisión Nacional de Prevencion y Lucha Contra la Violencia Intrafamiliar.

Mientras, el Decreto No. 97-99, del 15 de marzo, determina la integración del Comite Interinstucional de Protección a la Mujer Migrante, apoyandose en distintos organizacione estatales y Organizaciones No Gubernamentales que trabajen con esta poblacion y aquellas mujeres sometidas al tráfico y explotación sexual para unir esfuerzos y desarrollar acciones conjuntas.

En 1999, fue promulgada la Ley núm. 86-99, del 11 de agosto de 1999, que estableció la Secretaría de Estado de la Mujer, actualmente conocida como Ministerio de la Mujer (MMUJER), como derivación del primer esfuerzo del Estado dominicano de crear la DGPM, mencionada anteriormente.

MMUJER tiene como visión

Ser líder, innovador y plural, reconocido por su capacidad de influir en la transformación de la sociedad para que mujeres y hombres disfruten de igualdad de derechos y oportunidades. Su misión es definir y liderar la ejecución de políticas públicas, planes y programas que contribuyan a la igualdad y la equidad de género y al pleno ejercicio de la ciudadanía de las mujeres. (MMujer) http://www.mujer.gob.do/sobre-nosotros/quines-somos-mision-vision-y-valores.html)

MMujer es el organismo rector en materia de políticas públicas. Ofrece servicios legales y de asistencia psicológica. En materia de producción de datos, tiene un área de estadísticas que procesa informaciones sobre la atención ofrecida en dichas áreas. Tiene 31 oficinas provinciales a nivel nacional, donde laboran una abogada y una psicóloga en cada una. En el Distrito cuenta con un Departamento de prevención de la violencia, un equipo multidisciplinario conformado por abogadas y psicólogas. Este personal da asistencia a las víctimas acompañándolas hasta culminar en sentencias.

Bajo este ministerio, operan también el Consejo de Dirección de las Casas de Acogida, que fueron creadas mediante la ley 88-03 promulgada el 15 de mayo de 2003. Esta entidad coordina, implementa, aplica y supervisa los mecanismos establecidos para que esta ley funcione de manera efectiva para las mujeres víctimas de violencia y a sus hijos. Este Consejo está presidido por el Ministerio de de la Mujer y recibe el apoyo del Ministerio de Salud Pública (MSP), la Procuraduría General de la República (PGR), el Consejo Nacional de la Niñez (CONANI), una Organización No Gubernamental (ONG), que trabaje en el área de la mujer y una que trabaje en el área de asistencia a Niños, Niñas y adolescentes víctimas de violencia. En la actualidad, solo operan dos casas.

Cabe mencionar, la regulacion del trabajo doméstico, considerada como una gran columna en el desenvolvimiento de los hogares dominicanos, mediante la Ley 103-99. En la misma se dispuso el pago del doble sueldo de Navidad, concesion de permiso para asistir al centro de salud, dos semanas de vacaciones remuneradas cada vez que cumpla un año de servicio.

Mediante el Decreto No. 974-01, se oficializó el enfoque de género en las políticas públicas de cada Ministerio de Estado, creando la Oficina de Equidad de Género y Desarrollo. Su objetivo es la proteccion efectiva de los derechos e igualdad de condiciones en el espacio laboral.

La Ley 137-03, sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de personas fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 7 de agosto de 2003. Se trata de un instrumento jurídico que establece estrictas penalidades, imponiendo de 5 a 15 años de prisión para los crímenes de tráfico de personas en adición a una pesada multa.

En ocasión de la XII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, la República Dominicana informó sobre la creación mediante el decreto 358-12, del Observatorio de Seguridad Ciudadana de la República Dominicana6 como uno de los logros en asuntos de violencia intrafamiliar y contra la mujer. Es un centro sistematizador de datos, que publican las estadísticas oficiales, consensuadas por la PGR, Policía Nacional (PN) y el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) acerca de las muertes violentas y denuncias reproducidos en boletines trimestrales.

1. Situacion actual de la mujer dominicana

2.1 Violencia y feminicidios

La violencia contra las mujeres es una problemática social que existen en muchos ámbitos, como la educación, el espacio laboral, en los ambientes políticos, por lo que se hace necesario el análisis de los distintos factores causales para enfrentar los patrones socioculturales que operan entre las relaciones de poder entre la mujer y el hombre.

Las Naciones Unidas define la violencia7 contra las mujeres como

Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. (ONU, 1993).

La máxima expresión de la violencia contra la mujer, puede llevarla a la muerte. A este fenomeno se le llama femicidio8. De acuerdo a la CEPAL, feminicidio es un asesinato selectivo por razones de género, que conforma el último eslabón de las diversas formas de violencia contra las mujeres.

Una forma de conceptualizar la violencia contra la mujer es indicando el factor de riesgo para la salud de la mujer, debido a la gama de secuelas físicas y psicológicas que ocasiona en la mujer.

En tanto, los esfuerzos en el plano local, la Ley No. 24-97 apoyada en los acuerdos internacionales CEDAW y Convención de Belém do Pará, iestan dirigidos a que el Estado implemente políticas dirigidas a la igualdad de condiciones y para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra la mujer. Para llevar este objetivo se enlanzan los trabajos del Ministerio de Salud Pública que tiene una base operativa fundamentada en centros hospitalarios de atención a nivel nacional y posee una produccion de datos valiosa para la produccion de conocimiento de la problematica. Ofrece servicios donde las mujeres violentadas. Del mismo modo, la Procuraduría General de la República (PRG, Policía Nacional (PN)9 y la Suprema Corte de Justicia (SCJ) llevan el rol reactivo en cuanto a la detención, persecución criminal y aplicación de las leyes que penalizan la violencia contra la mujer.

La Policía Nacional, dirige y coordina con la la investigación de los crímenes y delitos cometidos en las distintas demarcaciones geográficas. Asisten a las víctimas de los delitos a través de un trato justo, procurando la reparación de los daños materiales, físicos y psicológicos mediante la atención integral de un equipo especializado para atender los casos de violencia contra la mujer e intrafamiliar. Mientras que la PGR tiene un Centro de recuperación para sobrevivientes (2006) y un Centro de Atención y Reeducación para Agresores (2008). Como parte de su proceso de abordaje terapéutico, ambas instituciones llevan registros administrativos que toman en cuenta datos estadísticos sobre aspectos sociodemográficos tanto de víctimas como de agresores. (ONE, 2014).

La SCJ es la institución que junto a los diferentes tribunales de orden judicial del país creados por la Constitución y las leyes, tienen un rol fundamental como mecanismo de sanción a la violencia íntima. Es tambien, una institución productora de datos, que permite observar la cantidad de casos judicializados, lo que constituye uno de los principales indicadores de la respuesta que ofrece el sistema de justicia a la violencia íntima que viven las mujeres.

La Comisión Nacional de Prevención y Lucha Contra la Violencia Intrafamiliar (CONAPLUVI)10, cuya función fundamental establecer y garantizar la aplicación de mecanismos adecuados para afrontar la violencia contra las mujeres e intrafamiliar. Su labor está encaminada a hacer cumplir lo que estipula la Ley 24–97, el Estatuto del Ministerio Público, el Código de Procedimiento Penal y demás códigos y leyes nacionales especializadas en la materia. (ONE, 2014).

Por su parte, el Ministerio de la Mujer(MMUJER), Salud Pública(MSP) y Ministerio de Educación (MINERD), impulsan acciones con enfoque preventivo. En este gran escenario preventivo es importante la articulacion entre el Estado y las entidades de la sociedad civil como son: Asociación Dominicana Pro Bienestar de la Familia (PROFAMILIA) y el Patronato de Ayuda a la Mujer Maltratada (PACAM), Casa Abierta, Colectiva Mujer y Salud junto con varios grupos feministas y organismos internacionales que mantienen visibles las injusticias y discriminaciones contra las mujeres. (ONE, 2014).

En el informe presentado por la Oficina Nacional de Estadisticas en 2014, devela que a pesar de los esfuerzos institucionales para tener una base de datos solida y efectiva, los mismos, no toman en cuenta los indicadores establecidos por la Cepal en su Obsevatorio para la igualdad de genero de America Latina y el Caribe, siendo este organismo uno de los principales citados como modelo para la producción y procesamiento de los datos de violencia contra la mujer. (ONE, 2014).

Tal es el asunto, de las cifras de feminicidios, cuyos datos son escasos en los registros, de ahí que los indicadores de violencia asociados a los diferentes tipos de indicadores planteados por la CEPAL pudieran resultar de utilidad para un registro más efectivos.

2.2 Estadística de femicidios, 2012

En el 2013, la procuradora adjunta para asuntos de la mujer en el país, Roxanna Reyes, indicó que el 80 % de las dominicanas que murieron víctimas de la violencia de género no había denunciado antes a su agresor, frente al 20% que sí lo hizo. Agregó que de enero hasta noviembre se produjeron un total de 54 víctimas mortales en el país. A pesar de este número, se entiende que la violencia extrema contra las mujeres motivadas por el sexismo ha disminuido 33 % (El Caribe, 2013).

De acuerdo con los datos obtenidos en la PRG, en el año 2012 se registraron 198 víctimas en todo el territorio nacional. La cifra representa una disminución en comparación con el 2011, que ocurrieron 230 asesinatos. (Observatorio de Ejercicio Ciudadano de las Mujeres. Colectiva Mujer y Salud, 2012).

El Cuadro No. 1 muestra los datos del Observatorio de Ejercicio Ciudadano de las Mujeres que indicó que en el 2012 hubo 198 feminicidios. La mayor cantidad se presentó en: Santo Domingo (60); Santiago (18), La Vega (13) y San Cristóbal (12). En el Distrito Nacional (DN) se registraron 11 homicidios, en Puerto Plata 8 y en La Altagracia 7. A partir de esta última localidad, el número de feminicidios va en orden decreciente desde seis hasta un homicidio en otras provincias. En Pedernales e Independencia no se registraron casos.

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2.3. Tasa de incidencia de feminicidios por provincia

En promedio en todo el país se produjeron 16.5 muertes por cada 100,000 habitantes durante el año 2012. Las provincias con mayor tasa de feminicidios durante el año fueron Dajabón, Elías Piña, Hermanas Mirabal, El Seibo, La Vega, Sánchez Ramírez, Baoruco y Valverde.

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La tasa más alta la obtuvo Dajabón, con 6.3, mientras que en Elías Piña se registró una tasa de 4.8, ocupando el segundo lugar. En Hermanas Mirabal asumió un tercer lugar, con 4.3 en su tasa. El Seibo registró una tasa de 3.4, mientras que La Vega y Sánchez Ramírez obtuvieron 3.3. Así, en Baoruco y Valverde se obtuvo una tasa de 3.1, cada provincia.

A partir de las anteriores tasas, van disminuyendo entre 2.6 hasta 0.5 como tasa menor.

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2.4. Homicidios de mujeres y feminicidios 2012-2014

Tal como se muestra en el No. 2, de acuerdo a los datos de la PGR, hubo una diferencia en el número de feminicidios en 2012 con relación a los registrados por el Observatorio de Ejercicio Ciudadano de las Mujeres, en donde se registró 196 casos, mientras en el año 2013 hubo un total de 160 victimas de homicidios y feminicidios, mientras que en 2014 hubo un total de 177 registros.

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Se puede observar una variación porcentual en los tres últimos año que indica una reducción durante 2014 de 11%. Con un promedio de 0.52 de muertes por dia, es decir una muerte cada dos días.

De acuerdo a los datos obtenidos en el estudio Las Politicas Públicas frente al Feminicidio de Greidys Roa, en 2014 se detalla que entre los años de 2005-2013, en el 2008 se obtuvo la tasa de feminicidios íntimos más elevada (1.36). En tanto, que en 2013, se registró la más baja (0.78), de acuerdo a los datos obtenidos en la Procuraduría General de la Republica (PGR).

3. Educación

El artículo 63 de la Constitución dominicana establece el derecho a una “educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades”. En esa misma línea, la promulgación de la Ley Organica de Educación 66-97 que establece el principio de igualdad educativa entre los géneros e introduce modificaciones importantes en el currículo escolar.

El tercer Objetivo de Desarrollo del Milenio busca mejorar la situación de la mujer, que pretende eliminar las desigualdades entre los sexos en la enseñanza primaria y secundaria, planteado para 2005, y en todos los niveles de la enseñanza a más tardar en 2015. La meta 3ª tiene tres indicadores: la equidad de género en términos de educación, la equidad en el mercado laboral y la participación política.

En cuanto a educacion, los datos ofrecidos por la Oficina Nacional de Estadística (ONE), en el período escolar 2011-2012 la matrícula femenina ascendió a 2,587,010 estudiantes. De esta cifra, 2,080,198, corresponden a la población urbana, mientras que 506,812 a la población rural. (ONE, 2012).

De acuerdo con los datos del SISDOM, en 2001 la relación entre niños y niñas matriculados a nivel primario tuvo un Indice de Paridad de Genero (IPG)11 de 1, lo que significa que ya a esa fecha República Dominicana había logrado la paridad esperada. Sin embargo, esa relación se deterioró a partir de 2002 y permaneció en 0.96 hasta 2011: por cada 100 niños varones matriculados en el nivel básico había solo 96 niñas, ligeramente por debajo de la meta de 1. (Vargas, 2014).

En 2010, la enseñanza primaria obtuvo un IPG de 0.94, mientras que en 2011, estuvo en 0.92; en 2012 fue de 0.9 y en 2013 de 0.92.

En tanto, en la educación secundaria, el pais tiene un IPG por encima de la meta del Milenio. En el periodo 2000-2011, las hembras matriculadas superan a los varones en alrededor de 20 %. La educación secundaria presenta valores del IPG ligeramente superiores: en 2010: 1.11; 2011: 1.1; 2012: 1.08 y 2013: 1.1.

En la educación superior, la diferencia a favor de las mujeres es mucho mayor: en 2011, por cada 100 hombres matriculados hubo 172 mujeres. El IPG de 2010 fue de 1.72, en 2011 fue de 1.59, mientras que en 2012 fue de 1.49 y en 2013, de 1.41 Estas cifras muestran que, a pesar de los retrocesos en el nivel primario, el país en general cumplirá esta meta para el año 2015. (Vargas, 2014).

En la medición del IPG según la modalidad, en una relación entre niñas y niños de la enseñanza primaria, secundaria y superior, se construye un intervalo entre 1.02 y 0.84 como rango de normalidad.

En la modalidad universitaria, un estudio denominado “¿Otro techo de cristal? La brecha digital de género República Dominicana en 2011”, las investigadoras encontraron que

A pesar de que las mujeres representan el 62 % de la matrícula universitaria, estas solo son el 32 % de la matrícula en ciencias básicas y tecnologías. En cambio, los hombres son el 68 % de los matriculados en las mismas carrera. Apenas un 7% de mujeres estudia ingenierías y/o tecnologías, en contraposición con 15 % de los hombres. (2011).

Los datos del Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología (MESCyT) presentados en su Informe general sobre estadísticas de educación superior 2006-2009, indican que 295,107 personas han egresado del ciclo de educación superior en el periodo 1990-2004, de los cuales 67.7 % son mujeres. Al desagregar esta información se muestra que 72.7 % del total de egresados corresponden al nivel de grado, el 20.2 % al nivel técnico y el 7.1 % a posgrado. Para la fecha, el porcentaje de mujeres en la educación superior superaba a los hombres: 61 % frente a 39 % (MESCyT, 2009).

En cuanto a la formación técnica, las profesionales advierten que las mujeres también están en desventaja en este campo y citaron que la distribución porcentual de egresados de educación continuada del Instituto Tecnológico de las Américas (ITLA), según tipo de programa por sexo del 2010. En tanto, los egresados del ITLA de los programas de Educación Continua por sexo durante los años 2006-2010 fueron 81.69 % hombres y 18.31 % mujeres.

Respecto a los estudiantes beneficiados por el Fondo para la Excelencia Académica del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), en conjunto con el ITLA, establecieron que 64 % son hombres y 36 % mujeres, además de que las mujeres enfrentan un déficit en la formación universitaria en ciencias y tecnología, registrando 12.67% en ciencias de la salud; 22.54 % en ciencias básicas y tecnologías; 25.65 % en ciencias filosóficas y humanidades y 39.12 % en ciencias sociales.

Quiroga (2001) plantea:

Mientras los hombres prefieren carreras técnicas para entrar mucho más rápido en el mercado laboral, las mujeres ponen más empeño en terminar la educación terciaria para poder competir. No obstante, muchas veces esta opción pierde su fuerza competitiva ante la petición de años de experiencia como requisito principal para ingresar a una empresa. Esta mora para entrar al sistema, va de mano con la solicitud implícita de la familia tradicional de que la mujer debe permanecer más tiempo en la casa para realizar los quehaceres domésticos.

En el Análisis del estado de situación de la educación dominicana 201312 desde una perspectiva de género y mercado laboral, elaborado por el Centro de Estudios de Género del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (CEG-INTEC), se muestra que el nivel educativo de las mujeres no es garantía de más alta y mejor participación en el mercado laboral del país. Según el informe, la mujer dominicana tiene menos acceso al mundo laboral en términos del tipo de empleo, ocupación en la estructura organizativa, ingresos o seguridad social, situación esta que ocurre a pesar de tener una mayor tasa de integración a la educación media, adulta técnico-profesional y superior (Rijo, 2014).

Lourdes Contreras, directora del Centro de Estudios de Género (CEG), y las educadoras Mary Cantizano y Desirée del Rosario, señalaron que un mayor nivel de escolaridad no garantiza que la población económicamente activa femenina reciba igual remuneración que los hombres de igual nivel educativo. A tal fin, argumentaron:

Paradójicamente, esta diferencia se acrecienta en la medida en que aumenta el nivel educativo, ya que el salario por hora de las mujeres sin ningún nivel de instrucción representaba el 88.1% del devengado por los hombres en igual condición, en tanto, que las mujeres ocupadas con estudios secundarios y universitarios percibían ingresos por hora equivalentes al 71.7 % y 71.9 %, respectivamente del percibido por los hombres13. (Rijo, 2014).

La Estrategia Nacional de Desarrollo (END 2010-2030) establece la integración del enfoque de género como eje transversal en toda política pública. Es así como en el segundo eje, relativo a la calidad del sistema educativo, es propicia para el desarrollo humano y el ejercicio progresivo de ciudadanía responsable en el marco de valores y principios éticos consistentes con el desarrollo sostenible y la equidad de género.

Mercado laboral

El estudio Situación Laboral de las Mujeres En República Dominicana indica que “la debilidad de la participación laboral de la población dominicana es más aguda en el caso de las mujeres”. Es asi, como en el año 2010, la tasa de participación femenina apenas alcanzaba el 42%, 26 puntos porcentuales por debajo de la tasa masculina. El estudio señala que para ese mismo año, la OIT situaba la tasa de participación laboral dominicana, tres puntos porcentuales por debajo de la correspondiente a la región en el caso de los hombres, y ocho puntos porcentuales por debajo en el caso de las mujeres. (ONE, 2012).

Con relación al campo, las labores agrícolas han disminuido en el mercado dominicano durante las últimas cuatro décadas, en comparación con la de los sesenta. La economía del país se constituía con la exportación de azúcar, café y cacao. Para la época, las relaciones entre los géneros masculino y femenino en las zonas rurales se establecían bajo un estricto código de características y roles de género que sustentaban la división tradicional del trabajo. En este sentido, las tareas domésticas, incluyendo el trabajo agrícola y la pecuaria de subsistencia, estaba a cargo de las mujeres; los hombres, por su parte, se van insertando en la proletarización de las labores agrícolas. (Quiroga, 2001).

La Articulación Nacional Campesina (ANC) agrupa a 100,000 pequeños y medianos productores agrícolas en dos confederaciones, 15 federaciones y una junta campesina (2014). Su representante, Juana Mercedes, expresó que “las mujeres del campo sufren discriminación por su género, por vivir en poblaciones rurales pobres y por ser trabajadoras agrícolas de subsistencia en zonas abandonadas por el Estado”. (Rijo, 2014).

La reforma agraria dominicana de 1997 eliminó las restricciones de las mujeres para acceder a la tierra, aunque actualmente sigue encontrando una serie de condicionamientos sociales, culturales y económicos que les impiden el buen ejercicio de sus derechos tanto como productoras, como ciudadanas, para acceder, usar y ser capaces de controlar los recursos (Mujeres campesinas en República Dominicana: derechos y realidades).

En cuanto al trabajo domenstico, los datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de Hogares (ENIGH, 2007), indica que las personas que tienen el servicio doméstico14 como su ocupación u oficio principal representaba el 5.6 % del total de las personas ocupadas, quedando así dentro del rango requerido15 para los países en desarrollo. El 96.5 % de las mujeres en el país realiza esta labor, mientras que los trabajadores domésticos masculinos son solo el 3.4 % (ONE, 2011).

En tal sentido, el boletín de la ONE afirma:

El mayor porcentaje se desempeña como personal doméstico y afines, limpiadoras, lavanderas y planchadoras, sin distinción por sexo. Sin embargo, las mujeres se dedican más que los hombres a los “trabajos de cuidados personales y afines”. Esta última categoría incluye cuidadores de niños, niñas y personas que prestan servicios personales a domicilio (2011).

El ejercicio de recepcionistas y secretarias es realizado por mujeres, empero las labores de chofer, seguridad y tecnología son efectuadas por hombres, contribuyendo cada vez a la segregación sexual.

El informe también muestra que “aunque en la profesión médica se feminiza cada vez más, los puestos de dirección son masculinos, igual que en la enfermería, donde el 97% de participación es femenina, pero los jefes son también hombres” (Suriel, 2014).

Alcántara Zapata expone al respecto:

Los bajos salarios que perciben las mujeres en sus puestos de enfermeras, maestras, médicas y empleadas de oficina en administración pública, y, por otra parte, la alta tasa de mujeres jefas de hogar como únicas proveedoras del ingreso familiar, las obliga a laborar en dos y hasta tres turnos de trabajo, situación que es causante de estrés y de enfermedad (Suriel, 2014).

En el sector de zonas francas, la mayoría de los empleos que se originan implican un bajo nivel de capacitación, no existe un ejército industrial de reserva. Empero, cabe señalar que la ocupación de estos puestos es fundamentalmente femenina. La colocación de los hombres se hace específicamente en trabajos de tipo técnico y administrativo. En un estudio realizado en la provincia San Cristóbal en 2008, que abarcó las zonas de los Bajos de Haina, Parque Industrial ITABO, San Gregorio de Nigua y la Armería, se observó lo siguiente:

El índice de feminidad en la posición de obrera es de 1.87, un valor muy alto que implica que por cada hombre trabajando como obrero hay casi dos mujeres en esta misma posición. Sin embargo, para el caso de los mejores puestos, como lo son técnicos y administrativos el índice de feminidad se deprime a 0.47 para los técnicos y 0.84 para el personal administrativo (Torres, 2008).

El porcentaje de mujeres con empleo remunerado en el sector no agrícola pasó de 38.6 % en 2000 a 41.2 % en 2011; en tanto, la participación masculina era 61.4 % en el año 2000 y de 58.8 % en 2011. Esto significa que el mayor nivel educativo logrado por las mujeres no se ha traducido en un acceso a más y mejores empleos. Este nivel de participación femenina en la fuerza laboral es inferior al promedio de 44 % estimado en 2011 para América Latina y el Caribe (ONU, 2013).

La diferencia se acrecienta en la medida en que aumenta el nivel educativo, ya que el salario por hora de las mujeres sin ningún nivel de instrucción representaba el 88.1 % del devengado por los hombres en igual condición, en tanto, que las mujeres ocupadas con estudios secundarios y universitarios percibían ingresos por hora equivalentes al 71.7 % y 71.9 %, respectivamente del percibido por los hombres. Y es que, a pesar de que las mujeres han avanzado hacia la paridad con relación a los hombres en el ámbito educativo, las brechas en los niveles de ocupación se mantienen en perjuicio de las mujeres (Rijo, 2014).

Durante la presentación del sello “Igualando RD”16, Alejandrina Germán, ministra del Ministerio de la Mujer (MMUJER)17, expresó que las mujeres con igual capacidad profesional que los hombres ganan salarios 20% por debajo de los hombres”.

La ministra reveló que las mujeres ocupan solo el 30% de los puestos gerenciales, que corresponden al % de las personas ocupadas y registran desempleo de 23.1% más del doble del porcentaje de hombres, que es 9.7%. Declaró que la situación de desventaja de las mujeres en el mercado laboral discrepa con los progresos en el campo educativo. “El 11 % de las dominicanas ocupadas en el mercado laboral tiene educación universitaria o post-universitaria, en contraste con el 4% de los hombres ocupados. (Paniagua, 2014).

Participación política

Los aportes sociales y políticos de la mujer son considerados como una de las bases fundamentales para la construcción de equidad de género. La participación idéntica de ambos géneros es un requisito necesario en una sociedad para la consecución de decisiones que permitan construir equilibradamente la toma de decisiones que aporte a la construcción del Estado.

La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, aprobada en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995), establece en su acápite b del párrafo 190

Los gobiernos adoptarán en sus sistemas electorales medidas que tiendan a integrar a las mujeres en los cargos públicos electivos y no electivos en la misma proporción y en las mismas categorías que los hombres. De igual forma, el Art. 7 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer18 establece que los Estados Partes se comprometen a tomar las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra las mujeres en la vida política y pública.

Es asi, como en el apego a lo indicado por las leyes nacionales, asi como los tratados internacionales la promulgación de la Ley No. 275-9719, trajo consigo que por primera vez, los partidos políticos otorguen un porcentaje de sus candidaturas a mujeres. La ley definió un mínimo de 25 % de los candidatos a cargos electivos de los partidos debía ser de sexo femenino. Posteriormente, el 30 de marzo de 2000, esta ley fue modificada por la No. 12-00, incrementando el porcentaje a 33.33 %, pero especificando que no incluía a los cargos electivos de senador y síndico20. (Perez, 2013).

De igual manera, la Ley No.13-00, que modificó la antigua Ley de Municipios No. 3455, estipuló que los partidos deberían incluir al menos una mujer en las candidaturas a síndico o a las de vicesíndico de cada municipio. Esto indica que cuando un partido presentare un candidato a síndico, debía presentar una candidata a vicesíndica y viceversa. Este dispositivo se mantuvo en el artículo 34 de la nueva Ley de Municipios No. 176-07. (Perez, 2013).

Una proporción de escaños ocupados por mujeres en el Congreso Nacional, calculada en base a un indicador que hace posible medir el crecimiento experimentado por la mujer en la obtención de escaños desde 1990 a 2012 en el país, determinó que la mujer obtuvo una participación parlamentaria de 9.3 en 1990, mientras que durante los años 2006-2007-2008-2009 incrementó a 17.1, en tanto que para 2010-2012 alcanzó un crecimiento de 19.5 (ONE, 2011).

De acuerdo con las Estadísticas para la planificación social con perspectivas de género (2002-2010)

[…] la representación [de la mujer] en la Cámara de Diputados ha venido ascendiendo en el decenio 1990-2010, pasando de un 12 % en 1990 a un 16 % en 2002 y finalmente a un 21 % en 2010. Sin embargo, la proporción de mujeres en el Senado permaneció durante toda la década 2000-2010 aun por debajo del 10 % y con un aumento no sostenido de su proporción, pasando de 0 a 7 % en 1998, disminuyendo a 6 % en 2002 y elevándose de nuevo a 9 % en 2010 (Estadísticas para la planificación social con perspectivas de género. SEM-PNUD-FNUAP 2000 y Junta Central Electoral, 2002-2010).

En consecuencia, las leyes han establecido mecanismos para la inclusión de las mujeres en los puestos electivos a nivel municipal. La Ley No. 13-00, del 30 de marzo de 2000 establece que

En la boleta electoral municipal de todos los partidos deberá incluirse una mujer en los puestos de síndico o vicesíndico” y cuando en los municipios “solo se eligen cinco regidores, todas las propuestas de candidaturas deberán contar con un mínimo de dos mujeres. (Disla, 2013).

En las posiciones de regiduria, las mujeres ocuparon el 8.55 % de las regidurías hasta 1990, porcentaje que aumentó un 29.61 % (casi se triplicó) en el período 1994-2010 con respecto al promedio del período 1970-199021. Sin embargo, en los últimos tres certámenes, los porcentajes de mujeres electas disminuyeron un promedio de 24% con respecto a los de candidatas. No sucedió así con los hombres, cuyos porcentajes de regidores electos aumentaron un promedio de 15% con respecto a los de candidatos a regidores. (Disla, 2013)

En las alcadias, en las elecciones de 2002, de las 869 candidaturas para alcalde, solo 86 (9.90 %) estuvieron ocupadas por mujeres. Cuatro años más tarde, en 2006, de las 800 candidaturas presentadas, 98 (12.25 %) estuvieron destinadas a mujeres. De las 614 candidaturas propuestas para alcalde en las elecciones de 2010, 70 (11.40 %) fueron femeninas. (Disla, 2013).

En las elecciones de los bufetes directivos el 16 de agosto de 2013, varias mujeres fueron elegidas para ocupar las presidencias de las salas capitulares de los ayuntamientos. Es el caso de Santo Domingo Este, Santiago, Gaspar Hernández, San José de Ocoa, San Pedro de Macorís, La Vega. En Santiago fue escogida la primera mujer como presidenta de la Sala Capitular de ese municipio. Igualmente, el 16 de agosto pasado fue escogida como presidenta del Senado Cristina Lizardo, convirtiéndose en la primera mujer en ocupar esa posición en la historia del país. (Disla, 2013).

A pesar de ese paso de avance, para el período 2014-2016, solo cinco comisiones permanentes de la Cámara de Diputados, de un total de 41, están presididas por mujeres: Asuntos de Equidad de Género, Educación, Ministerio Público, Presidencia de la República y Seguridad Social. De igual manera, de las 30 comisiones permanentes que existen en el Senado de la República para el período señalado, solo tres están dirigidas por mujeres: Administración e Interior, Asuntos de la Familia y Equidad de Género, y Asuntos Fronterizos.

Consideraciones finales

Los datos contenidos en este trabajo, plasman el largo camino de lucha que han tenido que librar las mujeres para alcanzar un mundo de equidad e igualdad. Desde los primeros esfuerzos, desde hace dos siglos atrás hasta este instante, la desigualdad entre el hombre y la mujer ha sobrepasado todo esfuerzo social, jurídico o gubernamental para equilibrar la balanza entre los géneros.

La discriminacion contra las mujeres debe ser analizada en proporción de los factores de inequidad económica, social, politica y cultural que operan en las relaciones de poder entre hombres y mujeres, los que tienen una correlación con la desigualdad de recursos en el ámbito privado y en la esfera pública. Es por este motivo, que el análisis de la discriminación contra la mujer es indivisible a los ámbitos de la vida politica en que ésta se desenvuelve. En este apartado, se observa la violencia y los feminicidios, la educacion, la insercion del mercado laboral y la participacion de la mujer en los espacios politicos.

En definitiva, la discriminación contra la mujer es un problema social que requiere soluciones y alternativas, ya que el marco legal está referido a las leyes que norman el problema, es decir, que dan lugar al aspecto punitivo.

En tal sentido, la reforma de la Ley núm. 24-97 de Protección a la Mujer, se ha logrado avances en materia legal que otorgan una mayor defensa a la mujer dominicana. Estos avances incluyen atención a la víctima, así como al agresor. Sin embargo, los refugios para mujeres maltratadas y los centros de intervención conductual para los agresores no son suficientes para brindar la atención requerida.

En el país existen estadísticas que muestran un elevado número de víctimas cada año. Empero, hay que destacar el esfuerzo realizado por organizaciones de la sociedad civil y el Estado en reducir el número de feminicidios en el país. Desde diferentes instancias se busca sensibilizar y librar una lucha en contra de todo tipo de violencia contra la mujer, como resultado de un trabajo continuo que incluye educación preventiva, campañas publicitarias, asistencia puntual y programas de prevención en las comunidades.

Es importante fortalecer las acciones interinstitucionales para determinar los indicadores necesarios para medir, al momento de levantar datos de la violencia y los feminicidios. La falta de homogeneidad de los datos, asi como la inconsistencia en la cuantificación de las variables constituyen una limitante para analizar la dimensión de la problemática de la violencia en el país.

Si bien es cierto, que los datos en el sector educación arrojan resultados alentadores, no menos cierto es, que deben estos resultados verse reflejados en el mercado laboral, que pobremente tiene cifras de remuneración por debajo de los hombres aunque realizan la misma función laboral

La participación política de la mujer en los estamentos gubernamentales fortalece el Estado de Derecho pertinente para la calidad de la democracia. El espacio ocupado en la toma de decisiones de poder representa un paso de avance hacia la equidad del género

En tal sentido, los grupos de mujeres, las organizaciones feministas y de derechos humanos tienen por delante un rol primordial en la elaboración e implementación de iniciativas que contribuyan a la erradicación de los problemas que quedan pendientes de resolver.

Mientras, el Estado se enfrenta a un gran desafío que implica el diseño de políticas efectivas que favorezcan la eliminación de actitudes que reproducen patrones de discriminación y de violencia contra la mujer. No obstante, es importante tomar en cuenta el imaginario cultural para la elaboración de los planes y proyectos para lograr las transformaciones necesarias para eliminar la cultura machista y patriarcal predominante en el país.

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Notas


1. Naciones Unidas, “Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer”, resolución 48/104 de la Asamblea General, 20 de diciembre de 1993.

2. Durante el gobierno del profesor Juan Bosch.

3. Estas organizaciones sociales fueron: las Comunidades Eclesiales de Base (CEB) y la Confederación Nacional de Mujeres del Campo (CONAMUCA).

4. Más adelante, constituido en el actual Ministerio de la Mujer.

5. En dicha resolución, se exhortó a los gobiernos, a las organizaciones internacionales y a las organizaciones no gubernamentales (ONG) que realizaran en esa fecha, actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública respecto al problema de la violencia contra la mujer

6. Esta instutucion liderada por el Ministerio de Interior y Policia (MIP), esta compuesta por PRG, Policía Nacional (PN), Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET), Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), Consejo Nacional de Drogas (CND), Oficina Nacional de Estadísticas (ONE), Ministerio de la Mujer (MMUJER), Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) y Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN).

7. Naciones Unidas, “Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer”, resolución 48/104 de la Asamblea General, 20 de diciembre de 1993.

8. Fue utilizado por primera vez por Diana Russell, al testimoniar en un Tribunal Internacional sobre Crímenes contra las Mujeres en Bruselas en 1976

9. Dentro del rol de estas instituciones se tiene procuradurías fiscales en el Distrito Nacional (15) y en catorce provincias del país.

10. Integrado por el Ministerio de la Mujer y el Ministerio Público, instituciones públicas, privadas, organismos internacionales y de la sociedad civil.

11. Cuya meta es 1.

12. Es un análisis acerca de la realidad en ese sector con una visión prospectiva de la función de la educación en el cambio de las relaciones de género, y su expresión en términos políticos, ideológicos, culturales y socio-económicos.

13. En 2011, el ingreso promedio por hora de trabajo de las mujeres representaba el 90%, respecto al ingreso percibido por los hombres.

14. También llamado trabajo del hogar.

15. De acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo, el rango requerido era de 4% a 10%.

16. Este proyecto, condecorará a las empresas y organizaciones que desarrollan un modelo de calidad con equidad de género promoviendo la eliminación de las desigualdades de género en el ámbito laboral en el país.

17. Este proyecto cuenta con el apoyo del Ministerio de Trabajo (MT), el Consejo Nacional de Competitividad (CNC), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y MMUJER.

18. Ratificada por República Dominicana el 2 de septiembre de 1982.

19. Promulgada el 21 de diciembre de 1997.

20. Alcalde a partir de la Constitución de 2010.

21. Este porcentaje se obtiene al dividir el promedio de los porcentajes de regidoras electas en el período 1994-2010 entre el promedio de los porcentajes en el período 1970-1990 y determinar el porcentaje de aumento correspondiente.