La Convención fue la culminación de más de 30 años de trabajo de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, órgano creado en 1946 para seguir de cerca la situación de la mujer y promover sus derechos.
Santo Domingo
12 de diciembre de 2013
Dilenia Medina
Coordinadora
Diuris Betances
Asistente de investigación
1. Antecedentes
El 18 de diciembre de 1979, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés). Su entrada en vigor como tratado internacional tuvo lugar el 3 de septiembre de 1981, luego de ser ratificada por 20 países. En su décimo aniversario (1989), alrededor de 100 naciones expresaron su deseo de sumarse a sus disposiciones.
La Convención fue la culminación de más de 30 años de trabajo de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, órgano creado en 1946 para seguir de cerca la situación de la mujer y promover sus derechos. La labor de la Comisión ha coadyuvado a poner de manifiesto todas las esferas en que a la mujer se le niega la igualdad con el hombre. Estos esfuerzos en pro del adelanto de la mujer han desembocado en varias declaraciones y convenciones, de las cuales la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es el documento fundamental y más amplio (CEDAW, 1979).
El pasado25 de noviembre se conmemoró el Día Internacional de la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, tras ser declarado como tal el 17 de diciembre de 1999 mediante la Resolución núm. 54-134, de la Asamblea General de la Organización de la Naciones Unidas (ONU). En dicha resolución, se exhortó a los gobiernos, a las organizaciones internacionales y a las organizaciones no gubernamentales (ONG) que realizaran en esa fecha, actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública respecto al problema de la violencia contra la mujer.
La fecha fue elegida en conmemoración del asesinato de las hermanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, en 1960, compromisarias políticas dominicanas, asesinadas por orden del dictador Rafael Trujillo. En virtud de lo anterior, el 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General aprobó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (ONU, 1993).
En su artículo 1, la declaración de la ONU define en un amplio marco el concepto de violencia contra la mujer:
Cualquier acto de violencia basada en el género que produzca o pueda producir daños o sufrimientos físicos, sexuales o mentales en la mujer, incluidas las amenazas de tales actos, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, tanto en la vida pública como en la privada (ONU, 1993). Para alcanzar la meta de salud para todos,
En ese sentido, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) da prioridad a aquellas iniciativas y acciones encaminadas a la eliminación de las inequidades en salud (García-Moreno, 2000).
La violencia contra las mujeres es una de las violaciones de los derechos humanos más generalizada. Este fenómeno multicausal y estructural ‒que responde a patrones patriarcales y a una cultura machista‒ evidencia la complejidad de un problema social que ya es considerado como una pandemia.
La CEDAW constituye un instrumento en el marco jurídico para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que permite la máxima participación de la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre, en todos los campos, hecho indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país, el bienestar del mundo y la causa de la paz (ONU, 1979). Se basa en tres principios básicos: 1. Igualdad de resultados, 2. no discriminación y 3. Responsabilidad estatal.
En tal sentido, la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer expone:
La violencia de género, en este caso aquella ejercida por los hombres contra las mujeres, se manifiesta a través de violencia física, sexual o psicológica que se produce en el seno de la familia y en la comunidad, en sentido general, incluidas las palizas, el abuso sexual de niñas, la violencia marital, la violencia relacionada con la dote la mutilación genital femenina (en otras culturas), y otras prácticas no tradicionales dañinas para la mujer como la violencia no conyugal y la violencia relacionada con la explotación, el acoso sexual y la intimidación en el trabajo, en las instituciones educativas y en cualquier otro lugar, el tráfico de mujeres, la prostitución forzada y la violencia perpetrada o tolerada por el Estado (ONU, 1993).
Dentro de los esfuerzos a destacar para monitorear los avances logrados, resalta el 57º Período de Sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de las Naciones Unidas, celebrado del 4 al 15 de marzo de 2013 en Nueva York. Este encuentro internacional se caracterizó por la presentación de los informes de los países miembros acerca de los progresos en el ámbito de derechos de las mujeres y la igualdad de género. Su tema principal se centró en la prevención y en las respuestas multisectoriales ante la violencia contra las mujeres y las niñas (ONU Mujeres, 2012).
Es oportuno aclarar que las estudiosas que han trabajado el tema de la violencia contra la mujer han acuñado los términos femicidio y feminicidio, estableciendo diferencias conceptuales. El primer concepto tuvo su origen en Inglaterra, utilizado por Diana Russell en 1976, como “femicide”, quien lo definió como “asesinato de mujeres realizado por hombres motivados por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad de la mujer (Garita Vílchez, 2012).
No obstante, fue en México (1994) donde se generó durante las últimas dos décadas el debate acerca del feminicidio con la antropóloga Marcela Lagarde, asumiéndose entonces la definición de Russell y Harmes que declararon:
(…) es el conjunto de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del Estado de derecho que favorece la impunidad. Por ello, afirmo que el feminicidio es un crimen de Estado. Es preciso aclarar que hay feminicidio en condiciones de guerra y de paz (2006).
2. Panorama de la violencia contra la mujer en América Latina
Datos aportados por la ONU indican que el 70 % de las mujeres en el mundo es víctima de diferentes tipos de violencia. Asimismo, la Organización señala que en lo que va del año 2013, unas 1,800 mujeres han perdido la vida a causa de la violencia de género en América Latina. No obstante, en países de grandes dimensiones ‒como México y Brasil‒, no se dispone de cifras actualizadas que permitan conocer la magnitud del problema y, por tanto, no es posible establecer el número real de mujeres fallecidas y maltratadas.
En adición, según datos aportados por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, el 45 % de las mujeres de la región declara haber recibido amenazas por parte de sus parejas (CEPAL, 2013).
El Centro de Información y Desarrollo de la Mujer de Bolivia (CIDEM) ha contabilizado 89 muertes de mujeres por violencia machista en los primeros diez meses del año 2013. No obstante, advierte que pueden ser muchos más los casos, pues esos son solo los aparecidos en los medios de comunicación. “En el período enero/octubre, el Observatorio Manuela registró 125 mujeres asesinadas: 82 feminicidios y 43 crímenes por inseguridad ciudadana y otros motivos” (CIDEM, 2013).
De acuerdo con cifras del PNUD citadas por el Programa ONU-Mujeres, Bolivia es el país donde al menos siete de cada diez mujeres son víctimas de maltrato dentro de sus hogares o fuera de ellos. El promedio anual de asesinatos de mujeres en ese país es de 92 casos, 21 de los cuales ocurren en esta ciudad. La cifra constituye el 22.6 % de los delitos que obedecen a dos causas: el alcohol y los celos (Sánchez, 2013). Le sigue Colombia, con 39 %: en el primer semestre de 2013 hubo 514 feminicidios, mientras que 15,640 mujeres fueron víctimas de la violencia intrafamiliar y otras 5,545 denunciaron abusos sexuales (El Heraldo, 2013).
En Ecuador, en los diez primeros meses de 2013, se produjeron 47 feminicidios, según la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), que al mismo tiempo, advirtió que estos casos "son cada vez más crueles” y que en ocasiones “los cuerpos de las víctimas aparecen torturados, mutilados y con signos de violencia sexual.En el país andino donde existe una “discriminación estructural” hacia niñas y mujeres, según la ONG Plan Internacional, el 78 % de niñas dijo haber recibido algún tipo de maltrato en sus hogares (El Telégrafo, 2013).
Perú ocupa el tercer lugar en Latinoamérica, en cuanto a la cantidad de feminicidios. De acuerdo con el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), en el período enero/octubre de este año se han registrado 99 casos de feminicidio, superando la cifra de 2012 (82). Asimismo, el registro de tentativas de feminicidio es de 122 casos, con consecuencias que van desde daños graves hasta discapacidad permanente. En 2012 solo se reportaron 99 casos (Perú.com).
Según datos del Observatorio de Femicidios “Adriana Marisel Zambrano” ‒de la ONG Asociación Civil Casa del Encuentro‒, en Argentina han sido asesinadas 1,236 mujeres y niñas en los últimos cinco años, 255 de estos casos solo en 2012.Durantelos primeros nueve meses del año 2013 se registraron 209 casos de feminicidios (M1nuto Uno, 2013).
Francia Jamett, miembro de la Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual, declaró que de enero a octubre de 2013 en Chile se registraron 51 casos de feminicidios: el 40 % de las víctimas tenía medidas de coerción contra sus agresores (Agencia Púlsar, 2013).
En Uruguay, “la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual señala que en lo que va de año los casos de feminicidios ascienden a 27 más siete intentos para ultimar a mujeres por parte de sus parejas” (República.com.uy, 2013).
En Paraguay, los datos están desagregados por lo que no existe un registro integral para 2013.
En Centroamérica, donde según ONU-Mujeres (2013) dos de cada tres mujeres son asesinadas por el solo hecho de serlo, las cifras son sorprendentes. En lo que va de año, en Guatemala han muerto 656 mujeres, en Honduras 606 y en El Salvador 203, todas a causa de la violencia de género. Mucho más bajos son los datos obtenidos de Nicaragua (53), Panamá (36) y Costa Rica (14).
3. Situación de la violencia contra la mujer en República Dominicana
En República Dominicana, la Ley núm. 24-97 de Protección a la Mujer es el resultado de una reforma realizada en enero de 1997 al Código Penal, que hasta ese momento no sancionaba la violencia contra la mujer. También se introdujo una modificación con el fin de proporcionar mecanismos para que los agresores reciban ayuda.
Sin embargo, Sergia Galván, coordinadora de la Colectiva Mujer y Salud, expresó la gravedad de que “… en el país no exista un sistema de reeducación de los agresores, y que la única opción que ofrezca el sistema sea la cárcel, donde no se educa a nadie, lo que calificó como una deficiencia del Estado” (El Nuevo Diario, 2013).
De su parte, la procuradora adjunta para asuntos de la mujer en el país, Roxanna Reyes, indicó que el 80 % de las dominicanas que murieron víctimas de la violencia de género no había denunciado antes a su agresor, frente al 20 % que sí lo hizo. Agregó que de enero hasta noviembre existe un total de 54 víctimas mortales en el país. A pesar de este número, se entiende que la violencia extrema contra las mujeres motivadas por el sexismo ha disminuido 33 % (El Caribe, 2013).
Reyes habló de un plan gradual con la implementación de alianzas estratégicas conjuntamente con el sistema de Naciones Unidas y ONG locales e internacionales para poder ejecutar un eficiente servicio a las mujeres víctimas, su seguridad y la de sus hijos. A su vez, entiende que la reducción es debido al registro de 50,000 denuncias en lo que va de año, lo que atribuye que ocurre porque se responde de manera más rápida a salvar vidas (EFE, 2013). Aunque Sergia Galván se refirió al alto porcentaje de las mujeres que retiran las querellas sobre violencia de género e intrafamiliar; consideró que las más de 50,000 denuncias a las que se refiere Reyes son un serio problema.
La fiscal también informó sobre el proyecto de ley que se prevé aprobar para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en República Dominicana. Se trata de “un proyecto de segunda generación que cuando se apruebe, nosotros tendríamos, una de las leyes más modernas de América Latina en esa materia”. La norma no solo se limita al ámbito penal, sino que tiene un apartado dedicado a la educación, la salud y la cultura, y tipifica el feminicidio, la violencia simbólica, la violencia económica, cibernética, conductas punibles que aun no están reconocidas como tales por la legislación dominicana (EFE, 2013).
De acuerdo con los datos obtenidos en la Procuraduría General de la República, en el pasado año 2012 se registraron 198 víctimas en todo el territorio nacional. La cifra representa una disminución en comparación con el año 2011, cuando ocurrieron 230 asesinatos (Observatorio de Ejercicio Ciudadano de las Mujeres. Colectiva Mujer y Salud, 2012).
De acuerdo con el Cuadro No. 1, de los 198 feminicidios, el número más elevado se ubicó en Santo Domingo (60); le siguen Santiago (18), La Vega (13) y San Cristóbal (12). En el Distrito Nacional (DN) se registraron 11 homicidios, en Puerto Plata 8 y en La Altagracia 7 muertes de violencia de género. A partir de esta última localidad, el número de feminicidios va en orden decreciente desde seis hasta un homicidio en otras provincias. En Pedernales e Independencia no se registraron casos.
En el país existen actualmente 17 unidades de atención a la mujer maltratada dependientes del Ministerio de la Mujer (MM), así como dos refugios. Todo esto resulta insuficiente para una atención rápida y eficaz a 55,000 denuncias y querellas.
Consideraciones finales
En definitiva, la violencia contra la mujer es un problema social que requiere soluciones y alternativas, ya que el marco legal está referido a las leyes que norman el problema, es decir, que dan lugar al aspecto punitivo.
Desde la reforma de la Ley núm. 24-97, de Protección a la Mujer, se han logrado avances en materia legal que otorgan una mayor defensa a la mujer dominicana. Estos avances incluyen atención a la víctima, así como al agresor. Sin embargo, los refugios para mujeres maltratadas y los centros de intervención conductual para los agresores no son suficientes para brindar la atención requerida.
En el país existen estadísticas que muestran un elevado número de víctimas cada año. Empero, hay que destacar el esfuerzo realizado por organizaciones de la sociedad civil y el Estado en reducir el número de feminicidios en el país. Desde diferentes instancias se busca sensibilizar y librar una lucha en contra de todo tipo de violencia contra la mujer, como resultado de un trabajo continuo que incluye educación preventiva, campañas publicitarias, asistencia puntual y programas de prevención en las comunidades.
Por tanto, es necesario incrementar los programas de prevención con las familias, centros educativos, instancias de educación popular y organizaciones comunitarias. Además, involucrar a diversos sectores con el fin de desarrollar procesos de reeducación y realizar intervenciones que posibiliten un cambio en las estructuras mentales de los ciudadanos y poder establecer una cultura de respeto y de paz. Una estrategia importante consiste en la inclusión de la perspectiva de género en todos los sectores.
En tal sentido, los movimientos de mujeres, las organizaciones feministas y de derechos humanos tienen por delante un rol primordial en la elaboración e implementación de iniciativas que contribuyan a la erradicación del problema. Igualmente, el Estado se enfrenta a un gran desafío que implica el diseño de políticas que favorezcan la eliminación de actitudes que reproducen patrones de discriminación y de violencia contra la mujer.
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