batalla covid

bannertestGB

PDF

 

Los avances en materia de participación comunitaria y a nivel local de los jóvenes en República Dominicana son tangibles, pero aún falta una voluntad política sostenida que ponga a la juventud como un eje prioritario en las políticas públicas nacionales.

El presente documento trata sobre juventudes y municipalidad en República Dominicana con un enfoque en la Ley General de Juventud (49-00) y la Ley del Distrito Nacional y los Municipios (176-07) con sus principales componentes: el presupuesto participativo y los proyectos pilotos en desarrollo a partir de las mesas de diálogo. De igual manera, se tratará el aspecto histórico de las juventudes, su participación social e incidencia pública desde los gobiernos locales.

Natanael Disla

Investigador

Ruth Ferreras

Colaboradora

 

26 de enero de 2016

Contexto histórico

En septiembre de 1990 se celebró en Italia, por iniciativa del Comité Italiano pro-UNICEF, una reunión de más de 300 alcaldes, quienes se comprometieron a convertirse en "Defensores de los Niños", como parte del camino hacia el reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes (NNA) como ciudadanos sujetos de derecho.

En República Dominicana dicha iniciativa tomó cuerpo con el “Primer Encuentro Regional de Síndicos Defensores de la Niñez”, celebrado en Salcedo, el 2 de octubre de 1993, donde participaron 19 síndicos de la región norte del país. Allí se firmó la “Declaración de Salcedo”, en la que los funcionarios edilicios se comprometieron a poner en la agenda de los gobiernos locales el tema de la niñez.

Desde un inicio el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, por sus siglas en inglés) ha apoyado en el país políticas públicas amigables para la niñez. En ese sentido, en 1997 se estableció el proyecto “Municipios Amigos de la Niñez” que contribuyó a la creación de los departamentos municipales de la niñez. Los municipios que tenían la intención de conformar un ayuntamiento juvenil tenían que disponer primero de un departamento de niñez y de allí se proseguía.

Marco legal relacionado a la juventud en materia local en República Dominicana

En República Dominicana, las políticas públicas en materia de juventud son regidas por la Ley General de la Juventud, núm. 49-00, promulgada el 26 de julio de 2000, que en su artículo 14, ofrece las pautas para la política sectorial de participación en materia de juventud, que incluyen impulsar, garantizar y fomentar la creación de espacios de participación juvenil, la participación y representación de los jóvenes en las instancias de decisión de los ayuntamientos, así como espacios alternativos de expresión juvenil que coadyuven a una expresión de la voluntad y opiniones de los jóvenes a nivel municipal, provincial y nacional, a través de foros y otro tipo de iniciativas de participación social y política. En adición, los gobiernos locales tienen dentro de sus prerrogativas legales el trabajo con y para la juventud, como lo establece la Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios en su Art. 19, párrafo I.

A escala local, las políticas públicas en materia de juventud se ejecutan a través de las Unidades Municipales de Juventud, áreas departamentales de los gobiernos locales que trabajan en coordinación con los Consejos Municipales y Provinciales de la Juventud (instancias compuestas mayormente por las organizaciones sociales que trabajan en materia de juventud en el municipio y provincia de que se trate, respectivamente). Las Unidades Municipales de Juventud forman parte del Sistema Nacional de Juventud y sus funciones están establecidas en el artículo 33 de la Ley General de Juventud: comprenden la coordinación de las políticas locales de juventud, convocar a las organizaciones locales que trabajan en materia de juventud para juntas abordar y tratar los temas de juventud intersectorialmente, coordinando con estas el desarrollo y seguimiento de las políticas locales de juventud.

Los ayuntamientos infantiles y juveniles

Un ayuntamiento infantil y juvenil es un espacio de participación que es liderado por NNA en un municipio determinado, con el objetivo de que estos participen activamente en la consulta y toma de decisiones referentes a sus derechos en el territorio local. Constituye una experiencia educativa que permite que los adolescentes y jóvenes crear conciencia política y comunitaria que les permita convertirse en personas empoderadas socialmente, siendo entes de cambio para sus comunidades.

Según el IX Censo Nacional de Población y Vivienda de 2010, la población joven1 en República Dominicana asciende a 3,600,151, el 38.12 % de la población. Este porcentaje muestra que al representar la población juvenil casi el 40 % del total en República Dominicana, las políticas públicas que se diseñen para el trabajo junto a esta población afectarán positivamente a un segmento considerable de la misma. En el país, los ayuntamientos infantiles y juveniles iniciaron en 1988, cuando un grupo de jóvenes de Pedro Santana le propuso al ayuntamiento destinar una parte del presupuesto municipal para implementar actividades que beneficiaran a la juventud.

Un ayuntamiento infantil y/o juvenil representa a todos las personas menores de edad de cada municipio sin distinción política, de sexo, nacionalidad o raza, al tiempo que coordina mecanismos de participación para que otros NNA del municipio puedan expresar su punto de vista. Los ayuntamientos infantiles y/o juveniles son una respuesta local al derecho a la participación que tiene cada niño o niña (tal como se establece en la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada por República Dominicana el 8 de agosto de 1990) y actúan en coordinación con el ayuntamiento municipal y otras instancias locales para ejecutar las soluciones propuestas. La iniciativa se basa en los principios de la participación, la democracia, la inclusión, la transparencia y la responsabilidad.

Dichos espacios persiguen la participación de los NNA en el desarrollo comunitario y en la gestión municipal, a la vez que buscan contribuir a la formación de ciudadanos líderes en la democracia participativa, así como dar prioridad a la población menor de 18 años en la agenda de las autoridades locales. A partir de las labores realizadas en los ayuntamientos infantiles y juveniles, los jóvenes se integran a la vida política, fomentando sus aptitudes de activismo, siendo propositivos y formando una conciencia civil y ciudadana. Esto redunda en la formación de ciudadanos con vocación política y comprometidos con los temas de niñez y juventud.

En la entrevista realizada a Bienvenido Jiménez, coordinador técnico de expansión de iniciativas locales en los ayuntamientos y asesor de ayuntamientos juveniles de la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU), el especialista indicó que el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia está apoyando iniciativas a favor de la participación e incidencia social de los NNA. Incluso dicho organismo tiene un acuerdo con FEDOMU hasta 2016. Desde ahí entran en contacto directo con los ayuntamientos y municipios. Sin embargo, como el país ha mostrado crecimiento económico, las cooperaciones se van desligando, ocasionando menos inversiones. FEDOMU es el socio ejecutor de varios proyectos de UNICEF.

Funciones de los ayuntamientos infantiles y juveniles

Para sus acciones, los ayuntamientos infantiles y juveniles toman en cuenta las opiniones de la población de menos de 18 años de edad de su municipio y las discuten en sus cabildos, a los fines de encontrar soluciones y definir líneas de acción; planifican proyectos para presentarlos a las autoridades municipales e iniciarlos cuando tengan los recursos establecidos en el presupuesto.

Cada ayuntamiento juvenil e infantil prepara su propio programa de trabajo en función del que recibe fondos del ayuntamiento municipal. En ese sentido, algunos de los proyectos realizados hasta ahora y apoyados por FEDOMU se han encaminado a colaborar en diversas acciones, entre ellas, jornadas de declaración tardía organizadas en colaboración con las fiscalías de menores, creación de bibliotecas infantiles en bateyes y realización de censos de la población que vive en esos asentamientos.

Otros han participado en la definición de planes de desarrollo municipal a 15 años y en la puesta en circulación del Informe Nacional de Desarrollo Humano para la Población Juvenil. Igualmente se han organizado salas de tarea para apoyar a estudiantes de escuelas públicas a prepararse para las pruebas nacionales, así como charlas sobre derechos de la niñez y cuidado de la salud, dirigidas a NNA en escuelas y barrios, así como operativos varios.

Buenas prácticas en los ayuntamientos infantiles y juveniles

Bienvenido Jiménez señaló en su entrevista varias buenas prácticas que se han constatado a través de los años en los ayuntamientos infantiles y juveniles del país:

1. En Baní se logró la declaración de más de 600 niños, con exoneración de impuesto alguno de este proceso, con el proyecto “Declárame para existir”. De igual manera, el Ayuntamiento Juvenil e Infantil del municipio ha desarrollado otros cuatro proyectos exitosos en las áreas de cultura, reforestación y construcción de infraestructura, recibiendo varios méritos nacionales como modelo ejemplar de ayuntamiento juvenil e infantil.

2. Proyecto propuesto de estancias infantiles en La Descubierta, con ayuda de Visión Mundial.

3. Participación de jóvenes en procesos de presupuesto participativo y en espacios de toma de decisión, incluyendo su participación en las consultas que tuvieron lugar para definir los temas prioritarios a seguir por la Estrategia Nacional de Desarrollo 2010-2030.

4. En Villa Altagracia se ejecutó un plan piloto de juntas de vecinos juveniles, así como apoyo a la creación de un observatorio de niñez con apoyo de Visión Mundial.

5. También se está dando un seguimiento constante de lo que está pasando con los ayuntamientos juveniles y FEDOMU, para fortalecer capacidades y establecer estándares.

6. Se han creado nueve nuevos ayuntamientos juveniles e infantiles en los municipios de Jarabacoa, Sabana de la Mar, Moca, Peralta, Villa Jaragua, Sabana Grande de Boyá, Puerto Plata, Sabana Larga y Dajabón.

7. Se han capacitado más de 40 miembros de la Red de Asesores de Ayuntamientos Juveniles e Infantiles (REDAJI) con el objetivo de fortalecer las competencias de animadores, movilizadores y educadores populares para promover los derechos de NNA en los gobiernos municipales.

8. En 2014 se realizó el Congreso Nacional de Ayuntamientos Juveniles e Infantiles con la participación de más de 100 adolescentes y jóvenes de 16 municipios, facilitando herramientas técnicas y fortaleciendo las capacidades en los mismos.

Según señala Jiménez, estas y otras iniciativas están empoderando a los jóvenes y contribuyendo a que sean más propositivos a la hora de reclamar su participación social.

Plataformas comunes para el trabajo con la niñez y la juventud

Hay un esfuerzo a nivel institucional en FEDOMU de llegar al consenso de crear una misma plataforma donde converjan tanto el departamento municipal de la niñez como el ayuntamiento juvenil. Se hace una sola planificación y se asignan técnicos para cada área. De esa manera se obtienen mejores resultados para ambas áreas, tanto para la niñez como para la juventud. El objetivo de este proyecto es iniciar el reconocimiento de los NNA como ciudadanos y ciudadanas sujetos de derecho. Esto parte de la promoción de la participación de la niñez y la adolescencia en el desarrollo comunitario y en la gestión municipal, así como contribuir a la formación de ciudadanos líderes en la democracia participativa, dando prioridad a la población de menos de 18 años en la agenda de las autoridades locales.

La experiencia y el trabajo de las organizaciones juveniles

En el Gran Santo Domingo existen varias organizaciones juveniles que han venido trabajando el empoderamiento de los jóvenes en sus comunidades. Una de estas organizaciones es 2J14, basada en Santo Domingo Este. Su nombre se inspira en la gesta de los jóvenes del 14 de junio de 1959 y se enmarca en un proyecto del Centro para la Educación y el Desarrollo (CEDUCA), con el financiamiento del Centro Judío Americano. Todo el proceso viene directamente de las organizaciones de base comunitarias y juveniles.

Esta organización ha estado impulsando, en coordinación con el Ministerio de la Juventud, la creación del Consejo Municipal de Juventud en Santo Domingo Este, establecido en la Ley de Juventud. 2J14 ha estado envuelta en la formación e involucramiento de los jóvenes en los espacios de decisión a escala local. De igual manera, tiene participación activa en los cabildos abiertos y así como en la fiscalización de las obras del presupuesto participativo.

El trabajo de 2J14 se centra en dos áreas específicas: la participación política de los jóvenes y el fortalecimiento institucional de las organizaciones. De este modo, la organización trabaja con otras diez organizaciones juveniles, asistiéndoles en materia de fortalecimiento institucional, elaboración de estatutos, reglamentos y diseño de planes de trabajo. De igual manera, capacitan a los jóvenes en incidencia política, municipalidad, abogacía y en mecanismos de participación a escala local, educándolos sobre cómo reorientar los recursos de forma equitativa en los medios de participación.

Los grupos que conforman la red que dirige 2J14 están compuestos por jóvenes de base comunitarios que se reúnen para conversar sobre sus necesidades. Hay alrededor de diez grupos, entre los cuales están Juventud Activa, La Escuelita de la Calle, Jamis y GC, ubicados todos en el municipio Santo Domingo Este. Hay otros grupos que extienden sus labores hasta Santo Domingo Norte, como por ejemplo La Escuelita de la Calle, que es una organización que nació en las redes sociales virtuales desarrollando iniciativas basadas en el lenguaje de los jóvenes a fin de trabajar con la población que no se moviliza.

De igual manera, 2J14 está impulsando un Foro de Políticas Municipales de Juventud con el fin de hacer un levantamiento sobre la situación de la participación política, la educación y la salud en los jóvenes. Además, están trabajando con dos temáticas específicas: la violencia y la prevención de embarazos en adolescentes. La idea con este foro es llevar los resultados del levantamiento de información al Consejo Municipal de Juventud.

Estos jóvenes buscan empoderarse más allá de las coyunturas electorales, donde el activismo político se hace más presente en la vida cotidiana del municipio. Buscan incidir de manera constante en las reuniones que realiza la Sala Capitular con otras organizaciones de la sociedad civil. Allí gozan del espacio para ventilar sus demandas e ideas a la administración municipal.

Falta voluntad para ejecutar políticas de juventud a nivel local

El Programa de Ayuntamientos Infantiles y Juveniles de FEDOMU está actualmente en un proceso de revitalización y revisión. Hay muchos de estos ayuntamientos que están inactivos por falta de voluntad política a escala local y otros permanecen por alcaldes comprometidos con la causa, como el de Baní, que tiene 11 años funcionando, con unos 60 jóvenes que han ejercido funciones en la mencionada iniciativa de participación y más de 60 proyectos ejecutados.

En algunos de esos espacios se ha perdido el enfoque de que los ayuntamientos juveniles están para promover la participación de la juventud. En otros su gestión no está activa. Actualmente están funcionando 16 ayuntamientos juveniles e infantiles y cinco más están en proceso de formarse (San Antonio de Guerra, Villa Hermosa, San Pedro de Macorís, Boca Chica y Fundación). De los activos algunos de ellos ya han hecho varias elecciones (Baní, Azua y Villa Altagracia). En el Gran Santo Domingo está funcionando el Ayuntamiento Juvenil de Santo Domingo Este, cuyas elecciones se llevaron a cabo en octubre pasado. La mayoría de estos ayuntamientos ha podido instalarse gracias a la cooperación canadiense, canalizada a través de un consorcio y la Ryerson University, de Toronto.

Bienvenido Jiménez también indicó en su entrevista que se debe buscar cómo invertir en educación sobre estos temas, ya que las comunidades no muestran mucho interés, porque existe una cultura asistencialista y no de consultas colectivas. Sin la participación de la comunidad los cabildos juveniles no pueden hacer un trabajo más amplio.

A fin de nuclear de una manera proactiva acciones y políticas locales que propendan por el desarrollo de los jóvenes en cada municipio, los ayuntamientos juveniles les solicitan a las administraciones locales que conformen un departamento de niñez y juventud. Sin embargo, la realidad es que muchos alcaldes no crean estos espacios.

La inversión local en juventud no quedó establecida taxativamente en la Ley núm. 176-07, como sí ocurrió en la Ley de Juventud, núm. 49-00, cuyo artículo 43 destinaba un mínimo de 4 % como asignación presupuestaria para los temas de juventud por parte de los gobiernos locales. Sin embargo, a través de los fondos destinados para programas educativos, género y salud, establecidos en el artículo 21 de dicha ley, se pueden realizar diversas actividades como charlas, movilizaciones, operativos médicos, entre otras acciones. Como la Ley núm. 176-07 es posterior a la 49-00, los gobiernos locales no están obligados a destinar recursos específicamente a la juventud. Cuando existe voluntad política los cabildos destinan los recursos bajo el renglón del 4% para educación, salud y género.

Consideraciones finales

El país tiene pendiente definir una agenda y un plan de trabajo en cuanto al tema de juventud en los municipios y desarrollar un sistema de monitoreo entre el Ministerio de la Juventud y los Consejos Municipales de la Juventud, de manera que puedan elaborarse planes municipales de desarrollo de la juventud, como lo manda el acápite g del Art. 41 del Reglamento para la Aplicación de la Ley General de Juventud.

Hay un largo camino por recorrer en materia de empoderamiento de los jóvenes a escala local en República Dominicana. Los ayuntamientos infantiles y juveniles han servido de espacios catalizadores para la participación política, la libre asociación y el involucramiento comunitario de NNA. Sin embargo, se hace necesario que se mantengan las políticas públicas en materia de juventud y que se amplíe su alcance. El aprovechamiento del bono demográfico en la actualidad puede significar una oportunidad para forjar a personas comprometidas con sus comunidades desde sus experiencias de vida a temprana edad. De igual manera, la voluntad política a nivel local es capital para afirmar y mantener sostenidamente en el tiempo los avances logrados.

Referencias

ASDE celebra elecciones del Ayuntamiento Juvenil e Infantil 2015. Recuperado de http://asde.gob.do/

Entrevista realizada a 2J14, grupo juvenil de Santo Domingo Este.

Entrevista realizada a Bienvenido Jiménez, coordinador técnico de expansión de iniciativas locales en los ayuntamientos y asesor de los ayuntamientos juveniles. Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU).

Estados que ratificaron o adhirieron a la Convención. Recuperado de http://www.alaee.org/

Implementación de los ayuntamientos juveniles e infantiles en República Dominicana. Recuperado de http://hoy.com.do/

Iniciativa Municipios Amigos de la Niñez. UNICEF República Dominicana. Recuperado de http://www.unicef.org/republicadominicana/

IX Censo Nacional de Población y Vivienda 2010. Informe General. Recuperado de http://one.gob.do/

La ciudadanía progresiva: experiencia de ayuntamientos juveniles e infantiles en RD. Recuperado de http://es.slideshare.net/FUNGLODE/

Ley núm. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, promulgada el 17 de julio de 2007.

Ley núm. 49-00 General de Juventud, promulgada el 4 de julio de 2000.

Los jóvenes son convocados a participar en la transformación de su país. UNICEF República Dominicana. Recuperado de http://www.unicef.org/

Proyecto Ayuntamientos Juveniles e Infantiles. Recuperado de http://fedomu.org.do/

Red de jóvenes por dignidad y educación 2J14 cumple su quinto aniversario. Recuperado de http://www.deultimominutoinformativo.com/

Reglamento para la Aplicación de la Ley General de la Juventud, promulgado en 2002.

Witten, Mark. Transforming children’s lives in Dominican Republic. Recuperado de http://www.ryerson.ca/


Notas

1. La Ley núm. 49-00 define en su artículo 3 como población joven aquella que se encuentra en el rango etario de los 15 a los 35 años de edad.